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Tribunal · solo Pro
Asesoría y Cirugías Valle del Norte Ltda. con SII
Fecha: 03-12-2019 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT · Juez: Óscar Meriño Maturana
ACOGE Confirmatorio Ha Lugar
Se acogió el reclamo y dejó sin efecto la Notificación de Infracción N°1321493 por vicio de tipicidad: el SII debió cursarla por artículo 52 DL N°825 con sanción del artículo 109 CT, no por artículo 97 N°10 CT.
Asesorías y Cirugías Valle del Norte Ltda. prestó servicios profesionales en abril de 2018 por $10.220.000, pagados mediante Transbank, entregando solo comprobantes electrónicos sin emitir boletas exentas. El SII, tras denuncia de Isapre Banmédica sobre reembolsos con boletas no autorizadas, cursó Notificación de Infracción N°1321493 por artículo 97 N°10 CT. El contribuyente reclamó, argumentando que la infracción debería tipificarse por artículo 52 DL N°825 (servicios exentos de IVA), no por artículo 97 N°10 que solo aplica a operaciones gravadas con IVA.
El tribunal concluyó que la obligación de emitir boletas para servicios exentos de IVA se regula en artículo 52 DL N°825, no en artículo 53 (que solo aplica a contribuyentes afectos a IVA). Como artículo 52 no establece sanción expresa, corresponde aplicar la norma residual del artículo 109 CT. La Notificación de Infracción incumplió con los principios constitucionales de legalidad y tipicidad al cursar la infracción por artículo 97 N°10, vulnerando la seguridad jurídica y el derecho a defensa del contribuyente, pues no precisó correctamente la conducta reprochable ni la norma infringida. El c
Se acogió la reclamación y dejó sin efecto la Notificación de Infracción N°1321493 de fecha 7 de agosto de 2018 por vicio de tipicidad en su emisión. No se condenó en costas a la parte reclamada por existir motivos plausibles para litigar.
UN SEGUNDO TRIBUNAL
TRIBUTARIO y ADUANERO
Región Metropolitana de Santiago
ASESORIA Y CIRUGIA VALLE DEL NORTE LIMITADA 76.195.071-1
CUANTIA: 214,13
EN SANTIAGO, A TRES DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE.
VISTOS:
El escrito de fecha 27 de agosto de 2018, rolante a fojas 1 a 7 de autos, presentado por don CARLOS ALBERTO VALERIANO GALILEA FERNÁNDEZ, RUT N*6.140.499-3, en representación de ASESORIA Y CIRUGÍAS VALLE
DEL NORTE LIMITADA, RUT N*76.195.071-1, ambos domiciliados para estos efectos en Antonio Varas N*303, oficina 512, comuna de Providencia, Santiago, mediante el cual interpone reclamo de conformidad al Procedimiento Especial para la aplicación de ciertas multas establecido en el Código Tributario, en contra de la Notificación de Infracción N*1321493 de fecha 7 de agosto de 2018, por la infracción contemplada en el artículo 97 N*10 del Código Tributario, emitida por el Servicio de Impuestos Internos (en adelante SII), en atención a que el contribuyente no habría emitido documento legal por servicios prestados por un monto de $10.220.000.- (diez millones doscientos veinte mil pesos).
El reclamante sostiene, en resumen, que con fecha 7 de agosto de 2018 la Unidad de Fiscalización del SII lo notificó de la Infracción N%1321493 por no emitir documento legal por servicios prestados y los cuales se encuentran pagados, por una operación de $10.220.000.-
Indica que lo ocurrido fue un error de apreciación legal en cuanto a la forma de operar respecto a los pagos de honorarios por los servicios prestados, ya que a su entendimiento con la sola emisión del voucher de Transbank era suficiente para cumplir con la obligación tributaria, puesto que igualmente se consideró el ingreso bruto correspondiente y ha pagado los impuestos y Pago Provisional Mensual (en adelante PPM) en la forma adecuada, no existiendo evasión de impuestos.
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Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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