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Tribunal · solo Pro
JORGE MATIAS CLARO ASESORIAS Y CONSULTORIAS E.I.RL con SII
Fecha: 03-12-2019 · Materia: Resolución · Juez: Miguel Andrés Massone Pardo
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo contra resolución del SII que denegó devolución de $939.710 por pago provisional de utilidades absorbidas (PPUA), por insuficiencia probatoria del contribuyente respecto de pérdidas tributarias declaradas en AT 2014.
Jorge Matías Claro Asesorías y Consultorías E.I.R.L. presentó declaración de renta AT 2014 solicitando devolución de $939.710 por pago provisional por utilidades absorbidas. El SII emitió observación F77 requiriendo acreditación de pérdidas tributarias y créditos de primera categoría. El contribuyente concurrió a audiencia el 12.08.2014 sin acompañar antecedentes. El SII resolvió mediante Resolución Ex. N° 11.308 del 16.12.2014 no dar lugar a la devolución por falta de acreditación de presupuestos fácticos.
El tribunal establece que conforme al artículo 21 del Código Tributario, corresponde al contribuyente probar con documentación la verdad de sus declaraciones. El artículo 31 de la LIR requiere que gastos y pérdidas se acrediten fehacientemente ante el SII. La parte reclamante aportó solo las declaraciones de AT 2013 y 2014, sin documentación contable que respalde la pérdida tributaria, el registro del FUT, ni certificados de dividendos/retiros. El tribunal concluye que no se acreditaron los presupuestos de hecho para la deducción de pérdida tributaria ni para la procedencia de la devolución so
Se rechaza el reclamo y se confirma la Resolución Ex. SII N° 11.308 del 16.12.2014. Se libera a la parte reclamante del pago de costas por haber tenido motivo plausible para litigar. Cada parte pagará sus propias costas.
“Jorge Matías Claro Asesorías y Consultorías E.I.R.L. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS”
RUC N°Rol · solo Pro
RIT N°Rol · solo Pro
Santiago, tres de diciembre de dos mil diecinueve.
VISTOS:
A fojas 1, comparece doña Francisca Moya Ortiz, abogado, RUT N°17.267.522-0, en representación de JORGE MATÍAS CLARO ASE SORÍAS Y CONSULTORÍAS E.I.R.L., del giro de su denominación , RUT N°76.860.930-6, representada por don Jorge Claro Figueroa, RUT N°12.721.804-8, todos domiciliados para estos efectos en calle Cerro El Plomo 5630, oficina 1601, comuna de Las Co ndes, Región Metropolitana, quien conforme a lo establecido en el artículo 123 y siguientes del Código Tributario , interpone reclamo en contra de la Resolución EX. N° 11.308, emitida con fecha 16 de diciembre de 2014, por la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de I mpuestos Internos, solicitando que sea dejada sin efecto, ordenando la devolución de los Pagos Provisionales por Utilidades Absorbidas del saldo a favor ascendente a la suma de $939.710, solicitada en su Declaración Anual de Impuestos a la Renta, Folio 231944334, Año Tributario 2014, sin costas, en virtud de los siguientes fundamentos:
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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