Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal · solo Pro
CLIÍNICA CHILLÁN S.A. con SII
Fecha: 13-12-2019 · Materia: Resolución
HA LUGAR EN PARTE+100M Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge en parte reclamación de Clínica Chillán contra SII por denegación de devolución de PPUA de $117.117.283, ordenando procesar rectificación tributaria y evaluar consecuencias impositivas tras auditoría.
Clínica Chillán S.A., accionista de Laboratorio Chillán S.A., recibió dividendos por $611.291.061 en 2014 con crédito de primera categoría. Posteriormente adquirió el 100% de las acciones de Laboratorio Chillán S.A. mediante compraventa en 2014, concretándose fusión impropia. Solicitó rectificación de declaración de renta 2015 para obtener devolución de PPUA por $117.117.283, petición que fue denegada por resolución del SII de marzo 2018.
El Tribunal estimó que los fundamentos del SII para denegar la devolución fueron desvirtuados por la prueba. Consideró que la contabilidad en hojas sueltas fue autorizada por Director Regional según artículo 17 inciso 4° del CT. Respecto a la DJ 1884 presentada extemporáneamente, concluyó que esto constituye infracción del artículo 97 n°1 CT, pero no priva del derecho a devolución. Destacó que el PPUA proveniente de utilidades absorbidas de otra empresa constituye incremento patrimonial conforme artículo 2° n°1 LIR. Determinó que Laboratorio Chillán distribuyó dividendos por $632.902.361 con c
Se acoge en parte la reclamación. Se deja sin efecto la Resolución Exenta N° 77318082416 y se ordena al SII procesar la declaración rectificatoria 2015, considerando las consecuencias impositivas pertinentes tras auditoría tributaria correspondiente.
Concepción, trece de diciembre de dos mil diecinueve.
VISTOS:
A fs. 41 y siguientes, comparece don Cristián Bonacic Almarza, Rut n.° 13.435.093-8, abogado, en representación de CLINICA CHILLÁN S.A., RUT N.° 76.515.070-1, empresa de actividad clínica privada, ambos domiciliados para estos efectos en Pedro Aguirre Cerda n° 35, comuna y ciudad de Chillán; quien de conformidad al artículo 123 y siguientes del Código Tributario, reclama en contra de la Resolución Exenta N° 77318082416, de fecha 16 de marzo de 2018, emitida por la Unidad de Chillán, dependiente en ese entonces, de la VIII Dirección Regional Concepción del Servicio de Impuestos Internos , que declaró improcedente la devolución por concepto de Pago Provisional por Utilidades Absorbidas ascendente a la suma de $117.117.283 solicitada por la contribuyente mediante propuesta de declaración rectificatoria de impuestos a la Renta del Año Tributario 2015, folio n° 241327935.
Comienza efectuando una relación de los hechos que motivaron la emisión del acto administrativo reclamado. En resumen, señala que en su calidad de accionista de Laboratorio Chillán S.A., con fecha 11 de junio de 2014 , recibió dividendos por la suma de $611 .291.061 que registraban un crédito por Impuesto de Primera Categoría pagado a dicha fecha ascendente a $156.711.677.
Posteriormente con fecha 12.09.2014, mediante compraventa de acciones suscrita entre MV Clinical S.A. y Clínica Chillán, siendo esta última quien se hizo propietaria del 100% de las Acciones de Laboratorio Chillán S.A. Agrega que en el referido contrato de compraventa y acta de directorio de fecha 27.07.2015 reducida a escritura pública con fecha 27.08 del mismo año, que da cuenta de la fusión impropia, constituyendo a Clínica Chillán S.A. para todos los efectos legales como responsable solidariamente de todos los impuestos que adeude o llegare adeudar
Laboratorio Chillán S.A.; esto en virtud de lo dispuesto en el artículo 69 del Código Tributario.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
Todos los fallos que publican los Tribunales Tributarios y Aduaneros, junto a las sentencias de Cortes de Apelaciones y Corte Suprema y los oficios, circulares y resoluciones del SII, fáciles de encontrar para tu caso. Actualizado a diario.
Acceso ilimitado a la jurisprudencia que necesitas.
Busca, abre y descarga todos los fallos que haga falta, sin límite.
Sentencias tributarias de segunda instancia y casación, y los requerimientos de inaplicabilidad sobre preceptos tributarios.
Cargando el buscador…
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre más de 4.000 oficios, 830 circulares y 1.600 resoluciones del SII. Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.