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Tribunal · solo Pro
EF SECURITIZADORA S. A. con SII
Fecha: 19-03-2020 · Materia: Resolución · Juez: Miguel Andrés Massone Pardo
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo contra resolución del SII que denegó devolución de impuestos por $6.678.507 (AT 2014), al no acreditar el contribuyente la pérdida tributaria declarada ni los créditos por PPUA y PPM solicitados en devolución.
EF Securitizadora S.A. presentó declaración de renta AT 2014 solicitando devolución de $6.678.507 por pérdida tributaria y créditos por PPUA ($392.216) y PPM ($6.286.291). El SII notificó carta aviso con observaciones N°140202710 citando a audiencia para el 7/08/2014, requiriendo documentación de respaldo. El contribuyente no compareció ni aportó antecedentes. El 5/12/2014 el SII emitió Resolución Exenta N°152000038 denegando la devolución por no verificarse la procedencia de los créditos.
El tribunal estableció que corresponde al contribuyente probar la verdad de sus declaraciones (art. 21 CT). La reclamante no aportó antecedentes durante la fiscalización ni en juicio que acreditaran: el resultado contable 2013, la determinación de la pérdida tributaria de $1.961.082, la existencia de utilidades absorbidas que justifiquen el crédito PPUA, ni el monto de PPM enterados. La resolución del SII es consecuencia lógica de la inactividad probatoria del contribuyente. No se acreditaron vicios que justifiquen anular el acto administrativo. La parte reclamante no desvirtuó con pruebas suf
Se rechaza el reclamo y se confirma la Resolución Ex. SII N°152000038 de 5/12/2014 que denegó la devolución de $6.678.507. Cada parte paga sus costas por existir motivo plausible para litigar.
“EF SECURITIZADORA S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS”
RUC N° Rol · solo Pro
RIT N° Rol · solo Pro
Santiago, diecinueve de marzo de dos mil veinte.
VISTOS:
A fojas 2, comparece R odrigo Castro Brahm, ingeniero comercial, RUT N°10.257.356-0, en representación de EF SECURIZADORA S.A., del giro de su denominación, RUT N°96.971.830-8, ambos domiciliados en Nueva Providencia N°1901, piso 2°, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, quien conforme a lo dispuesto en los artículos 124 y siguientes del Código Tributario, interpone reclamo en contra de la Resolución Exenta N°152000038, emitida con fecha 5 de diciembre de 2014, por la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos, solicitando dejar sin efecto dicha resolución y ordenar la devolución de impuesto por $6.678.507, según la declaración de impuesto a la renta año 2014, con costas, en virtud de los siguientes fundamentos: En el capítulo de su libelo de reclamo relativo a los hechos, explica que con fecha 9 de mayo de 2014, presentó vía de internet la declaración de impuesto a la renta año 2014, solicitando la devolución de $6.678.507. Afirma que, con fecha 9 de julio de 2014, el Servicio de Impuestos Internos citó a través del Oficio (sic) N°140202710, de fecha 9 de julio de 2014, para que concurriera el día 7 de agosto de 2014, pero por circunstancias ajenas a su parte, la referida citación no llegó al suscrito. Agrega que, sin mediar otra citación, c on fecha 5 de diciembre de 2014, se dictó la reclamada, notificada el 18 de diciembre de 2014.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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