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Tribunal · solo Pro
Espinoza Campos con SII
Fecha: 13-11-2012 · Materia: Liquidación · Juez: Orlando Iván Cuevas Reyes
RECHAZA Confirmatorio No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra liquidaciones de impuestos por falta de documentación válida, registro incorrecto de actividades y créditos fiscales no respaldados legalmente.
Contribuyente Marcelino Espinoza Campos, agricultor que tributa en renta presunta, fue fiscalizado por el SII entre enero 2009 y noviembre 2010. Se detectó: compra de equipo de ordeña sin estar registrada la actividad lechera; venta de papas sin emitir facturas; compra y venta de animales sin ampliación de giro; créditos fiscales de IVA rechazados por falta de respaldo o por ser ajenos al giro; débitos fiscales no declarados. El SII emitió 14 liquidaciones que el contribuyente reclama alegando que la cría de ganado está comprendida en su giro agrícola, que parte de la producción fue para consu
El tribunal establece que: (1) las copias de libros de compraventas aportadas carecen de timbraje del SII y no cumplen requisitos del artículo 25 DL 825, por lo que no acreditan crédito fiscal; (2) la actividad de cría de ganado bovino para producción lechera no consta como ampliación de giro ante el SII, luego es ajena al giro declarado, rechazándose crédito fiscal por artículo 23 N°2 DL 825; (3) el contribuyente reconoce producción de 30 vacas y venta de quesos sin factura ni autorización sanitaria, lo que refuta su argumento de consumo exclusivamente familiar; (4) respecto cosecha de papas,
Se rechaza la reclamación tributaria contra liquidaciones N°s 2 a 15 y se confirman íntegramente todas ellas. Se rechaza la impugnación documental. Se condena en costas al reclamante por falta de motivos plausibles para litigar.
Temuco, trece de noviembre de dos mil doce.-
VISTOS:
A fojas 1, comparece don JUAN CARLOS CISTERNAS FRIZ , abogado, domiciliado en calle Antonio Varas N° 979, oficina 303, Temuco, en representación según acredita mediante mandato judicial que acompaña, de don MARCELINO
ESTERBALDO ESPINOZA CAMPOS , RUT N° 11.409.711-K, con domicilio en Kilometro 7 Hijuela Coliman, Villa Los Boldos, Comuna de Tolten , quien interpone reclamo en contra de la s Liquidaciones N°s 2 a 15 notificadas con fecha 10 de enero de 2012 por el Servicio de Impuestos Internos IX Dirección Regional , de acuerdo a los siguientes fundamentos que expone: 1.- RECLAMO RESPECTO DE LA LIQUIDACIÓN N° 02. Señala que esta liquidación dice relación con la factura N° 4339720, de 22 de diciembre de 2009, por la adquisición de un equipo de ordeña y una lavadora, lo que de acuerdo al fiscalizador no corresponde a su giro agrícola, ya que no poseería el giro de cría de ganado bovino para la producción lechera, ni tampoco registra facturas emitidas por venta de leche o productos relacionados. A l respecto, hace presente que dentro del giro agrícola se encontraría comprendida la producción de cría s y ganado, y que la factura de que se trata fue legalmente emitida con derecho al crédito fiscal, además que no existe la obligación de vender la producción de leche, ya que ella es para el consumo familiar y sus colaboradores. 2.- RECLAMO RESPECTO DE LA LIQUIDACIÓN N° 03. Expresa que esta liquidación dice relación con la declaración jurada relativa a la cantidad de h ectáreas destinadas a la producción de papas, señalando que son 30 hectáreas y que en ningún momento se indicó que toda la producción haya sido vendida sin factura , sino sólo una parte de ella, ya que un 40% fue destinado al consumo animal, y del saldo hay una parte facturada.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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