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Tribunal · solo Pro
MOSCOSO AVELLO con SII
Fecha: 30-06-2020 · Materia: Liquidación · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra liquidación tributaria por no acreditarse origen de fondos en inversiones; contribuyente no presentó contabilidad que probara pago de impuestos correspondientes.
Alberto Ceferino Moscoso Avello, empresario, fue fiscalizado respecto de su declaración de impuesto a la renta del año tributario 2015. El SII detectó inversiones en fondos mutuos y depósitos a plazo sin justificación de origen de fondos, emitiendo la Liquidación N°81 de 31 de mayo de 2018 por $129.844.957. El contribuyente reclamó argumentando que los fondos provenían de rescates de fondos mutuos y liquidaciones de depósitos a plazo, acompañando cartolas y certificados de movimientos financieros.
El tribunal estableció que conforme a los artículos 70 y 71 de la LIR, corresponde al contribuyente probar que los fondos invertidos provienen de rentas que pagaron impuestos correspondientes, rentas exentas, ingresos no constitutivos de renta o préstamos. Si no acredita lo anterior, se presumen rentas afectas a impuesto. La prueba rendida por el reclamante consistió solo en cartolas y certificados de movimientos financieros, pero no aportó contabilidad que acreditara el pago efectivo de los impuestos sobre las utilidades generadas por esas inversiones. El tribunal concluyó que el movimiento d
Se rechaza el reclamo en todas sus partes y se confirma la Liquidación N°81 de fecha 31 de mayo de 2018 emitida por la XIV Dirección Regional Metropolitana Santiago Poniente. No se condena en costas por existir motivo plausible para litigar.
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“MOSCOSO AVELLO con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
PONIENTE”
Rol · solo Pro
Rol · solo Pro
CUANTÍA: 2709,62 UTM
Santiago, treinta de junio de dos mil veinte.
I. VISTOS. Contenido y Diligencias del Proceso
Uno. El 20 de septiembre de 201 8, ALBERTO CEFERINO MOSCOSO AVELLO, empresario Rut N° 5.423.203 -9, con domicilio en Avenida Pajaritos 4220, comuna de Maipú, Región Metropolitana, en adelante el contribuyente, la reclamante, la sociedad , reclama en contra del siguiente acto administrativo del Servicio de Impuestos Internos (en adelante el Servicio, la Administración o el reclamado):
Liquidación de impuesto N° 81, de fecha 31 de mayo de 2018, emitida por la XIV Dirección Regional Metropolitana Santiago Poniente (DRMSP).
Dos. El 17 de octubre de 2018, el Servicio responde el reclamo.
Tres. El 06 de junio de 20 19, este Tribunal, resolvió derechamente los recursos de reposición presentado por las partes en contra de la resolución que recibe la causa prueba de fecha 13 de mayo de 2018 , resolviendo en definitiva los siguientes puntos de prueba:
1. ACREDÍTESE el origen de los fondos con lo que la reclamante efectuó inversiones, que dieron origen a la emisión de la liquidación N° 81 de fecha 31 de mayo de 2018, reclamada en autos. Hechos, antecedentes y circunstancias que lo acrediten.
2. EFECTIVIDAD de haberse proporcionado por la reclamante todos los antecedentes requeridos por el Servicio en la Citación N° 89 de fecha 13 de noviembre de 2017. Antecedentes y circunstancias de hecho que lo justifiquen. Cuatro. El 04 de julio de 20 19, este Tribunal, realizo Audiencia Testimonial en autos.
Cinco. El 27 de junio de 2020, el Tribunal procede a dictar Autos para Fallo. II. FASE DE DISCUSIÓN.
A. Reclamo.
Del análisis al escrito presentado por la Reclamante se desprende que su reclamo se sostiene sobre el siguiente argumento:
ORIGEN DE FONDOS APLICADOS A INVERSIONES SE ENCUENTRAN
TOTALMENTE JUSTIFICADAS.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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