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Tribunal · solo Pro
ESPINOZA VELASQUEZ con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 30-07-2020 · Materia: Liquidación · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
ACOGE Ha Lugar
Se acogió el reclamo contra liquidaciones tributarias de reinversión, determinándose que el plazo de 20 días para reinversión se computa desde la inscripción conservatoria del retiro, no desde la escritura pública.
Espinoza Velásquez se retiró de Proyelect Ingeniería Eléctrica Limitada mediante escritura del 18.11.2014, recibiendo un inmueble avaluado en $100.000.000. La escritura se inscribió el 09.01.2015. Posteriormente, aportó ese mismo inmueble a Inversiones Siesve Limitada mediante escritura del 09.01.2015, inscrita el 23.01.2015. El SII liquidó impuestos argumentando que transcurrieron más de 20 días entre el retiro (18.11.2014) y el aporte (09.01.2015), rechazando la reinversión.
El tribunal acogió la teoría civil del reclamante: para bienes raíces, la transferencia del dominio requiere tanto título (escritura) como modo de adquirir (inscripción conservatoria). El retiro se perfecciona cuando el inmueble se inscribe a nombre del contribuyente (09.01.2015), y el aporte cuando se inscribe a nombre de la receptora (23.01.2015). Entre ambas fechas transcurrieron 14 días naturales, dentro del plazo legal. El tribunal rechazó la tesis del SII por contradictoria: usaba la escritura como fecha de retiro pero la inscripción como fecha de aporte. Citó jurisprudencia y circulares
Se acogió el reclamo y se dejaron sin efecto las Liquidaciones N°443-2 y 444-2. No se condenó en costas al SII por tener motivos plausibles para litigar.
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“ESPINOZA VELÁSQUEZ con SII, DIRECCIÓN REGIO NAL METROPOLITANA
SANTIAGO CENTRO”
RIT: Rol · solo Pro
RUC: Rol · solo Pro
CUANTÍA: 651,47 UTM
Santiago, treinta de julio de dos mil veinte
VISTOS:
Que a fojas 01 comparece doña JEANNETTE PATRICIA ESPINOZA VELÁSQUEZ, Rut N° 9.123.642 -7, corredora de propiedades , domiciliada para estos efectos en calle Huérfanos N° 1117, oficina 846, comuna de Santiago , Región Metropolitana, deduciendo reclamo tributario en contra de las Liquidaciones N° 443-2 a la 444-2, de fecha 21 de agosto de 2018 , emitida s por el Departamento de Fiscalización de Personas y Micro - Pequeñas Empresas Dirección Regional Metropolitana Santiago Centro del Servicio de Impuestos Internos, por las cuales se le exige el pago de la suma total de $ 31.500.421.- a esa fecha, solicitando que en definitiva se acoja su reclamo, dejándose sin efecto las liquidaciones reclamadas, con costas ; todo lo anterior fundada en los antecedentes de hecho y de derecho que expone en su escrito de reclamo y que se desarrollan a continuación.
I. FASE DE DISCUSIÓN.
A. Reclamo.
El reclamante presentó fundamentos de hecho y de derecho en sustento de su reclamo, en los siguientes términos:
I. LOS HECHOS:
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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