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Tribunal · solo Pro
STARCO S A con DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO NORTE
Fecha: 19-08-2020 · Materia: Liquidación · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de STARCO S.A. contra liquidaciones del SII por reintegro de devoluciones de impuestos relacionadas con boletas de honorarios no acreditadas como servicios reales.
STARCO S.A. dedujo gastos por 13 boletas de honorarios electrónicas emitidas entre enero 2011 y marzo 2012 (12 por Luis Acuña, 1 por Erica Páez) para los años tributarios 2012-2013. El SII fiscalizó y cuestionó la efectiva prestación de servicios. Tras rechazar la Reposición Administrativa, emitió Liquidaciones N°280 y 281 por $12.302.547 incluyendo reintegro de devoluciones, reajustes, intereses y multas. La empresa reclamó argumentando que los servicios fueron prestados y acreditados.
El tribunal analiza si las boletas son ideológicamente falsas conforme a artículo 31 de la LIR (gastos necesarios para producir renta). Examina prueba testimonial de fiscalizadores y Informe N°24 ARA N°3 que documentan objeciones a la acreditación de servicios. Destaca que representantes legales declararon ante Ministerio Público reconociendo servicios diferentes o desconociendo completamente los reclamados. Nota falta de documentación adicional (correos, actas de reunión) que corrobore servicios verbales alegados. Respecto a Erica Páez, constata su propia declaración indicando que no prestó s
Se rechaza el reclamo de STARCO S.A. y se confirman las Liquidaciones N°280 y 281 del SII, manteniéndose el reintegro de devoluciones, reajustes, intereses y multas por los gastos no acreditados fehacientemente.
STARCO S.A. con SII, DIRECCIÓN REGIONAL SANTIAGO NORTE”
RIT: Rol · solo Pro
RUC N° Rol · solo Pro
CUANTIA: 254,43 UTM.
Santiago, diecinueve de agosto de dos mil veinte.
VISTOS:
I. FASE DE DISCUSIÓN:
A. Reclamo
El reclamante presentó los siguientes fundamentos de hecho y de derecho:
UNO: A fojas 1 y siguientes, comparece don DIEGO MESSEN GAETE, abogado, Cédula de Identidad N°13.036.292-3, en representación de la sociedad STARCO S.A., sociedad comercial chilena, Rol Único Tributario número 88.446.500-1, ambos domiciliados en El Golf 40, Oficina 701, comuna de Las Condes, Región
Metropolitana, de acuerdo a lo establecido en los artículos 115, 123 y siguientes del Código Tributario, interpone Reclamo Tributario en contra de las Liquidaciones N°280 y 281, emitidas y notificadas a su representada con fecha 23 de julio de 2018 por la Dirección Regional Santiago Norte del Servicio de Impuestos Internos, Grupo N°4 de personas y Micro – Pequeña Empresas, que determinan el reintegro de la devolución de impuestos solicitada por el contribuyente los años tributarios 2012 y 2013 en consideración a lo dispuesto en los artículos 21, 33 N°1 letra g) y 97 de la Ley de Impuesto a la Renta, con motivo de 13 boletas de honorarios electrónicas recibidas por el contribuyente entre los periodos enero de 2011 y marzo de 2012, y la aplicación de intereses y multas, por un monto total ascendente a $12.302.547; a fin de que se deje sin efecto dichas Liquidaciones, en virtud de los fundamentos de hecho y derecho que se exponen a continuación: 1
I. ANTECEDENTES QUE MOTIVAN LA INTERPOSICIÓN DEL RECLAMO.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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