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Tribunal · solo Pro
INMOBILIARIA FANALOZA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 02-09-2020 · Materia: Resolución · Juez: Miguel Andrés Massone Pardo
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Inmobiliaria Fanaloza contra Resolución N°145/2015 del SII por insuficiencia de pruebas para acreditar deducciones de pérdida de arrastre, depreciaciones, gastos financieros y maquila del año tributario 2012.
Inmobiliaria Fanaloza declaró pérdida tributaria de $6.150.751.342 para el AT 2012, incluyendo pérdida de arrastre de $3.981.182.689. El SII, mediante Citación N°43, cuestionó diversas partidas relacionadas con una división societaria ocurrida en marzo de 2011. Con fecha 24.08.2015, emitió Resolución N°145 que rebajó la pérdida a $1.526.025.165, agregando partidas por depreciación, gasto financiero por deuda novada y maquila. La reclamante impugnó la resolución sosteniendo haber acreditado adecuadamente las deducciones.
El Tribunal constata que la reclamante no aportó pruebas fehacientes de los gastos cuestionados. En cuanto a la pérdida de arrastre, aunque las resoluciones de ejercicios anteriores fueron confirmadas por sentencia con autoridad de cosa juzgada, la reclamante no presentó Libro Diario ni documentación de respaldo. Respecto de depreciaciones, carece de Libro Auxiliar de Activo Fijo y antecedentes de sustento. Para el gasto financiero por deuda novada, no probó la reversión del pasivo traspasado en la división, debiendo deducir solo intereses devengados hasta marzo 2011 ($242.594.937, no $445.149
Se rechaza el reclamo y se confirma la Resolución Exenta N°145/2015. El SII cumplirá administrativamente lo resuelto. Cada parte paga sus propias costas, liberándose a la reclamante del pago de costas por tener motivo plausible para litigar.
“INMOBILIARIA FANALOZA SOCIEDAD ANONIMA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
RUC N° : Rol · solo Pro
RIT N° : Rol · solo Pro
Santiago, dos de septiembre de dos mil veinte.
VISTOS:
A fojas 2, comparece don Cristián Alejandro Vistoso Vivallo , abogado, RUT N°13.723.093-3, en representación de INMOBILIARIA FANALOZA S.A., actualmente CEMENTOS BÍO-BÍO DEL SUR S.A., RUT N°96.755.490-1, ambos domiciliados en Barros Errázuriz N°1968, piso 6°, comuna de Providencia , ciudad de Santiago, quien, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes del Código Tributario, deduce reclamo en contra de la Resolución Exenta N°145, emitida con fecha 24 de agosto de 2015, por la Dirección de Grandes Contribuyentes del Servicio de Impuestos Internos, solicitando dejar sin efecto dicha resolución y tener por validada la declaración de impuesto a la renta presentada para el año tributario 2012 respecto de las partidas reclamadas, ordenando al Servicio de Impuestos Internos practicar los ajustes correspondientes, sin costas, en virtud de los siguientes fundamentos: En el capítulo de su libelo de reclamo relativo a los antecedentes, explica con fecha 30 de abril de 2012 su representada presentó en tiempo y forma la declaración sobre impuesto a la renta respecto del año tributario 2012, en virtud de la cual se determinó una pérdida tributaria de $15.703.322.859. Agrega que, mediante el proceso de fiscalización enmarcado en el programa “Operación Renta Año Tributario 2012”, el SII estableció diversas observaciones a la declaración de renta mencionada, relacionadas con el control de los ingresos declarados, la base imponible de primera categoría y el control de la pérdida de arrastre y la reposición de la misma, siendo éstas las siguientes: A08, A09, A36 y F51. Añade que, en el marco de la fiscalización realizada respecto del proceso de división de Inmobiliaria Fanaloza S.A.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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