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Tribunal · solo Pro
SOCIEDAD DE DESARROLLO RIO DANUBIO LIMITADA con SII
Fecha: 09-12-2020 · Materia: Liquidación
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra liquidación que impugnó pérdida tributaria de arrastre por falta de acreditación fehaciente conforme exigencias del artículo 31 de la LIR.
Sociedad de Desarrollo Río Danubio Limitada reclama Liquidación N°1230 que rechazó pérdida tributaria de arrastre de $13.046.348.865 declarada en AT 2015. El contribuyente sostuvo haber aportado documentación suficiente durante fiscalización para acreditar origen y procedencia de la pérdida. SII cuestionó la acreditación de pérdidas en años anteriores y rechazó deducción por falta de justificación fehaciente. Contribuyente alegó derecho a acreditar pérdida independientemente de cuestionamientos en periodos previos.
Tribunal establece que pérdida tributaria de arrastre constituye gasto del ejercicio donde se imputa, debiendo cumplir requisitos del artículo 31 LIR: acreditación fehaciente, relación con giro, necesidad para producir renta. SII puede revisar antecedentes más allá de plazos de prescripción cuando sirven de base para deducciones en ejercicios siguientes. Contribuyente debe acreditar pérdida mediante libros contables autorizados y documentación de respaldo. Tribunal analiza documentación aportada y concluye que no cumple requisitos de multiplicidad, gravedad, precisión, concordancia y conexión
Se rechaza reclamo y confirma Liquidación N°1230 de 27/08/2018 emitida por Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente. No se condena en costas por existir motivo plausible para litigar.
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“SOCIEDAD DE DESARROLLO RIO DANUBIO LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Rol · solo Pro
Rol · solo Pro
CUANTÍA: 1948,46 UTM.
Santiago, nueve de diciembre de dos mil veinte.
I. VISTOS. Contenido y Diligencias del Proceso
Uno. El 26 de abril de 201 9, don RAIMUNDO GARCÍA RIOSECO , abogado, cédula nacional de identidad N°7.076.208-0, y don JOSÉ JARA GUTIÉRREZ cédula nacional de identidad N° 8.710.312-9, en representación de SOCIEDAD DE DESARROLLO RÍO DANUBIO LIMITADA, cédula nacional de identidad N° 88.314.200-4, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Vitacura N° 2902, Oficina N°1404, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante el contribuyente, la reclamante, reclama en contra del siguiente acto administrativo del Servicio de Impuestos Internos (en adelante el Servicio, la Administración o el reclamado):
Liquidación N° 12 30 de fecha 27 de agosto de 201 8 de la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente, del Servicio de Impuestos Internos.
Dos. El 05 de junio de 2019, el Servicio responde el reclamo.
Tres. El 17 de julio de 2019, este Tribunal, resolvió Recibir la Causa Prueba, atendido el mérito de autos y existiendo controversia sobre hechos sustanciales y pertinentes; 1.-Acredítese la efectividad y procedencia de la pérdida tributaria, vinculada con la Liquidación N° 1230, de fecha 27 de agosto de 2018. Hechos, antecedentes y circunstancias que la acreditan.
Cuatro. El 12 de agosto de 2019, se lleva acabo Audiencia Testimonial decretada en autos.
Cinco. El 07 de diciembre de 2020, el Tribunal procede a dictar Autos para Fallo. II. FASE DE DISCUSIÓN.
A. Fundamentos de hecho y de derecho del reclamo tributario
Del análisis al escrito presentado por la Reclamante se desprende que su reclamo se sostiene sobre el siguiente argumento:
I. LA LIQUIDACION IMPUGNADA DEBE SER DEJADASIN EFECTO.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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