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Tribunal · solo Pro
TOLEDO JARA con SII
Fecha: 09-12-2020 · Materia: Liquidación · Juez: Orlando Iván Cuevas Reyes
RECHAZA No Ha Lugar
Rechazo de crédito fiscal de IVA y ajustes de impuesto a la renta por falta de acreditación de efectividad de operaciones y documentos de proveedores identificados como facilitadores de facturas.
Carlos Alberto Toledo Jara, prestador de servicios forestales, recibió liquidaciones 69 a 110 del SII por diferencias en IVA (períodos 2015-2017), impuesto a la renta de primera categoría (2016-2018), impuesto global complementario (2016-2018) y reintegro artículo 97 (2016-2017). El SII rechazó crédito fiscal argumentando falta de identificación de predios, fechas de faenas, efectividad material de operaciones y forma de pago. Se detectó que varios emisores de facturas fueron identificados como facilitadores de facturas. El contribuyente aportó documentación durante fiscalización, incluyendo d
El SII sostiene que no se acreditó fehacientemente la efectividad de pagos a proveedores ni la procedencia de créditos fiscales. Falta identificación de predios (roles de avalúo), propietarios, ubicación y fechas de faenas. El contribuyente declaró pagos en efectivo sin precisar dónde se realizaron trabajos. Varios proveedores fueron objeto de querella por facilitar facturas conforme artículo 97 CT. Otros proveedores registran créditos fiscales inexistentes, anotaciones tributarias negativas, sin activos para prestar servicios, o sus actividades económicas no corresponden a los servicios factu
Se reciben los autos en estado de tramitación. El tribunal acoge el procedimiento general de reclamación contra las liquidaciones 69 a 110 de fecha 29 de agosto de 2019, confiriéndose traslado al SII para contestar y teniéndose por acompañada la documentación.
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Temuco, nueve de diciembre de dos mil veinte.
VISTOS:
A fojas uno, comparece don Valentín Pinto Aparicio , abogado, cédula de identidad N° 9.447.834-0, domiciliado en calle Antonio Varas N° 989, oficina 1303, Temuco, en representación, según acredita, de don CARLOS ALBERTO TOLEDO JARA , prestador de servicios forestales , cédula de identidad N°11.966.458-6, con domicilio en sector Las Acequias , Parcela Santa Margarita, comuna de Angol, quien deduce reclamo tributario en contra de las Liquidaciones números 69 a 110 , de fecha 29 de agosto de 2019 , emitidas por la Unidad de Angol de la IX Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos , por diferencias de impuesto al valor agregado períodos enero a junio, septiembre a diciembre del año 2015, enero a diciembre del año 2016, enero a abril, junio a diciembre del año 2017 y enero del año 2018; impuesto a la renta de primera categoría de los años tributarios 2016, 2017 y 2018 , impuesto global complementario correspondiente a los años tributarios 2016, 2017 y 201 8 y reintegro del a rtículo 97 de la Ley sobre Impuesto a la Renta por los años tributarios 2016 y 2017, de acuerdo a los siguientes argumentos y fundamentos: I.- Antecedentes:
Indica el reclamante que en las liquidaciones reclamadas, el Servicio de Impuestos Internos rechazó el crédito fiscal del impuesto al valor agregado (IVA) argumentando que ni de las facturas ni de los antecedentes aportados por el contribuyente se pudo establecer la identificación de los predios y la fecha de las faenas en que se pre staron los servicios, agregando que se debía acreditar la efectividad material de las operaciones descritas en los documentos tributarios impugnados y la forma de pago de las operaciones.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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