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Tribunal · solo Pro
COMERCIALIZADORA DE SERVICIOS Y CONTAINERS YA SpA con SII
Fecha: 15-01-2021 · Materia: Artículo 19 N° 21 CPR; Artículo 8 bis CT
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo por vulneración de derechos por falta de interés actual comprometido, toda vez que el SII ya incorporó a la empresa al régimen tributario solicitado después de corregir sus registros.
Comercializadora de Servicios y Containers YA SpA emitió erróneamente documentos de exportación en 2019 en pesos en lugar de dólares. La empresa presentó solicitud para acogerse al régimen del artículo 14 D N°3 de la LIR, que fue denegada por exceder el límite de ventas permitido debido a la inconsistencia en sus registros. La empresa realizó múltiples gestiones desde abril a noviembre de 2020 para regularizar su situación. El 30 de noviembre de 2020, la empresa corrigió su facturación y el SII verificó el cumplimiento de los requisitos, modificando su régimen tributario con efectos desde el 1
El tribunal analizó que la acción de vulneración de derechos conforme al artículo 124 del Código Tributario requiere la concurrencia de un interés actual comprometido. Se estableció que el objetivo perseguido por el demandante ya fue cumplido por el SII al modificar el régimen tributario aplicable tras la corrección de registros. El requisito de interés actual comprometido es fundamental para que el tribunal pueda ejercer jurisdicción y resolver un conflicto jurídico. Una vez satisfecho el petitorio de la demanda, desaparece el conflicto que justifica el ejercicio de la función jurisdiccional,
Se rechaza el reclamo por vulneración de derechos por no existir interés actual comprometido, conforme artículos 124 y 157 del Código Tributario. No se condena en costas por existir motivo plausible para litigar.
1
COMERCIALIZADORA DE SERVICIOS Y CONTAINERS YA SpA
RUT N° 76.937.366-7
CUANTÍA INDETERMINADA (0 UTM)
Valparaíso, quince de enero de dos mil veintiuno.
VISTO:
Que a fojas 1 y siguientes compareció don José Andrés Miranda
Muquillaza, abogado, RUT Nº15.556.839 -9, en representación de COMERCIALIZADORA
DE SERVICIOS Y CONTAINERS YA SpA, RUT Nº 76.937.366-7, ambos domiciliados para estos efectos en Errazuriz 1178, departamento 75 Valparaíso, V Región, quien interpuso Reclamo por Vulneración de Derechos conforme el artículo 155 y siguientes del Código Tributario, en virtud de las siguientes consideraciones:
1. Señala que emitió con error documentos de exportación electrónica del año 2019 y que, posteriormente, con fecha 06.04.2020, emitió notas de crédito de exportación electrónica a través del portal del Servicio de Impuestos Internos (SII), por cada factura de exportación mal emitida.
2. Sostiene que las referidas notas de crédito de exportación de fecha agosto 2019 y principios de septiembre de 2019, no aparecían en el registro de compras y ventas (RCV) del SII, mientras que, en el Portal del Contribuyente, figuraban estos documentos como “Emitidos”. Por este motivo, con fecha 14.04.2020 envió una petición vía Formulario F2117 al correo de “Apoyo de Valparaíso” de la Dirección Regional del SII, consultando el motivo por el cual no se refleja ban en los registros de ventas del Servicio, y como no hubo respuesta al requerimiento, con fecha 30.04.2020, envió un nuevo correo y solicitó cambio de régimen tributario, explicando la situación.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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