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Tribunal · solo Pro
ESPINOZA CAMPOS con SII
Fecha: 11-12-2012 · Materia: Liquidación · Juez: Orlando Iván Cuevas Reyes
RECHAZA No Ha Lugar
Reclamación contra liquidaciones del SII por diferencias en IVA, renta presunta y compraventa de ganado. Contribuyente alega pérdida de documentos y deficiencias en la fiscalización.
Miguel Sebastián Espinoza Campos, agricultor, fue fiscalizado por el SII por períodos diciembre 2007 a noviembre 2010. Se detectaron ventas de papas sin factura, omisión de IVA, y actividad de compra-venta de ganado no declarada. El contribuyente alegó pérdida de documentos contables, que solo parte de la producción fue vendida (20% consumo animal), y que las liquidaciones no consideraron observaciones formuladas en respuesta a citación.
El SII fundamentó las liquidaciones en facultades legales del artículo 24 del Código Tributario, detectando: (1) factura N°15 sin ejemplares original y triplicado para anulación válida; (2) ventas de papas sin IVA declarado en febrero 2009 y marzo 2010; (3) tasación de producción agrícola según rendimiento promedio INE de 188,3 quintales/hectárea; (4) actividad de compra-venta de ganado (96% de ventas totales) que debió tributar en renta efectiva con contabilidad completa según artículo 20 N°3 LIR; (5) recálculos de declaraciones 2009 y 2011 consecuentes con reconstitución contable en base a r
Se recibió la causa a prueba por 20 días hábiles. No consta en el texto fallo de término. El documento finaliza en desarrollo de audiencia de prueba.
Temuco, once de diciembre de dos mil doce.-
VISTOS:
A fojas 1, comparece don JUAN CARLOS CISTERNAS FRIZ, abogado, en representación según acredita mediante mandato judicial que acompaña, de don MIGUEL SEBASTIAN ESPINOZA CAMPOS, RUT 14.234.928-K, con domicilio en Kilometro 7, Hijuela Coliman N° 3, Villa Los Boldos, Comuna de Tolten, quien interpone reclamo en contra de las Liquidaciones N os. 31 a 38, notificadas con fecha 30 de enero de 2012, solicitando se acoja la reclamación, rebajando las liquidaciones y condenando en costas al Servicio de Impuestos Internos, de acuerdo a los fundamentos que expone, y que se resumen a continuación: 1.- Reclamo respecto de la liquidación N°31 .- Al respecto, s eñala que esta liquidación dice relación con la factura N°15 , de 7 de febrero de 2009, emitida a don Victor Fernández Fernández por la venta de 560 sacos de papas a $4.000 .- cada uno. Dicha factura figura como nula, pero faltan el original y triplicado control tributario para su anulación. Expone que con fecha 9 de diciembre de 2011 se dió respuesta a la Citación N°74 indicando que no se trata de evasión sino de pérdida de documentos por lo que se solicitó la notificación de infracción y que la factura fue reemplazada en la misma fecha con la Factura N°16. Además indica el Servicio debió verificar si don Victor Fernández hizo uso o no del crédito fiscal de la Factura N°15 para determinar si existe evasión o no. 2.- Reclamo respecto de la liquidación N°32.- Expresa en este punto que esta determinación de impuestos dice relación con declaración jurada relativa a la cantidad de hectáreas destinadas a la producción de papas, señalando que son 10 hectáreas y que en ningún momento se indicó que toda la producción haya sido vendida sin factura, sino sólo una parte de ella, ya que un 20% fue destinado al consumo animal, y del saldo hay una parte facturada.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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