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Tribunal · solo Pro
LOMBARDI ARANDA con SII
Fecha: 26-04-2021 · Materia: Giro
ACOGE+100M Ha Lugar
Se acoge reclamo contra giros por vicio de forma en la notificación, al haberse efectuado por cédula cuando la contribuyente estaba inscrita para recibir notificaciones por correo electrónico.
Paola Lombardi Aranda impugnó los giros N°4569365 y N°4569397 de fecha 08.01.2021, notificados por cédula el 13.01.2021. La contribuyente se había enrolado en julio de 2020 para recibir notificaciones por correo electrónico, lo que fue aceptado por el SII el 10.08.2020. Además de denunciar diferencias en montos de intereses y multas respecto de las liquidaciones originales, cuestionó vicios de forma y fondo en los giros. El SII se allanó a la pretensión de la reclamante en su contestación.
El tribunal sostuvo que la notificación de actuaciones administrativas constituye un trámite esencial cuya correcta ejecución es requisito para la eficacia del acto administrativo. Conforme al artículo 11 del Código Tributario, cuando el contribuyente solicita expresamente ser notificado por correo electrónico, el Servicio debe respetar esa forma. Los actos administrativos de contenido individual producen efectos desde su notificación, la que debe efectuarse conforme a ley. Al constar que la reclamante estaba enrolada para notificaciones electrónicas y el SII erróneamente notificó por cédula,
Se acogió el reclamo y se dejaron sin efecto los giros N°4569365 y N°4569397. Se rechazó la condena en costas a la parte reclamada, conforme al artículo 132 del Código Tributario.
1
PAOLA LOMBARDI ARANDA
RUT N°7.142.731-5
CUANTÍA 2.625,72 UTM
Valparaíso, veintiséis de abril de dos mil veintiuno.
VISTO:
Que a fojas 1 y siguientes compareció don Claudio Albornoz Venegas, abogado, RUT N° 15.636.979 -9, en representación de PAOLA LOMBARDI ARANDA , profesora, RUT N° 7.142.731-5, ambos domiciliados en Salvador Vergara 450 casa 2, Reñaca, Viña del Mar, V Región, quien interpuso Reclamo Tributario, en contra de los giros N°4569365 y N°4569397 Folio 007, ambos de fecha 08.01.2021, en virtud de las siguientes consideraciones:
1. Señala que con fecha 13.01.2021, el Servicio de Impuestos
Internos notifica por c édula, dejando en conserjería los Giros N°4569397 y 4569365, ambos de fecha 08.01.2021.
2. Afirma que los giros presentan diferencias con las liquidaciones que le sirven de antecedente, por lo que estas diferencias son reclamables conforme lo dispone el artículo 124 del Código Tributario.
3. Agrega que las diferencias son las siguientes:
Interes Reajuste Multa Total
Giro 4569365 71.102.900 9.576.148 ?
Liquidación 9 60.838.227 8.235.488 -
Diferencia en contra
Contribuyente 10.264.237 1.340.660 11.604.897
Interes Reajuste Multa Total
Giro 4569397 1.196.498 82.198 ?
Liquidación 10 541.468 69.355 555.532
Diferencia en contra
Contribuyente 655.030 12.843 555.532 1.223.405
Total Diferencia en ambos Giros $12.828.302 4. Señala que respecto al Giro N°4569365, su representada no pudo saber cómo se determinó la suma del interés y multa del Giro, pues entre ambos conceptos, conjuntamente, suman $71.102.900.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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