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Tribunal · solo Pro
CONSTRUCTORA PARTHENON LIMITADA con SII
Fecha: 26-04-2021 · Materia: Liquidación
RECHAZA+1.000M No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de constructora contra liquidaciones del SII por cuestionar uso de Crédito Especial de Empresas Constructoras (CEEC), por deficiencias en documentación aportada y registros contables irregulares.
Constructora Parthenon Limitada fue fiscalizada por el SII en programa "Control Franquicia CEEC" respecto a períodos agosto 2014 a mayo 2015. Se emitieron Liquidaciones 1.315 a 1.333 por $353.619.458 más intereses, reajustes y multas ($827.620.376 total). La empresa había cesado actividades en 2015. En fiscalización anterior (períodos marzo 2013 a julio 2014) fue favorable al contribuyente mediante Resolución Ex. 67.554 de 2016. La empresa alegó dificultades para reunir documentos dispersos en bodegas, pero afirmó poseer respaldo legal y contable del CEEC.
El tribunal rechaza alegación de buena fe basada en resolución favorable anterior, por tratarse de períodos distintos. Desestima argumento sobre imposibilidad de reunir documentos (bodegas dispersas, falta de personal) porque la empresa posteriormente acompañó documentación en juicio. Respecto a defectos de forma en Citación 168 y Liquidaciones, el tribunal constata que especifican: partidas N° 1 a 10, períodos agosto 2014 a mayo 2015, montos, períodos de Formulario 29 con folios y fechas, conceptos cuestionados e impuestos cuestionados. Encuentra que documentación acompañada presenta irregula
No ha lugar en todas sus partes al reclamo. Se confirman Liquidaciones 1.315 a 1.333 emitidas por XV Dirección Regional del SII, notificadas mediante Notificación 482 de 30 de noviembre 2017. No se condena en costas por haber existido motivo plausible para litigar.
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“CONSTRUCTORA PARTHENON LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS
INTERNOS”
RIT: Rol · solo Pro
RUC N° Rol · solo Pro
CUANTIA: 17496,89
Santiago, veintiséis de abril de dos mil veintiuno.
A fojas uno comparece Marcelo Brodsky Linetzky, abogado, cédula nacional de identidad número 9.408.731-7, en representación convencional de la sociedad CONSTRUCTORA PARTHENON LIMITADA, sociedad del giro de su denominación Rol Único Tributario 96.568.240-6, representada legalmente por don Carlos Leopoldo Muñoz Minvielle, factor de comercio, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida A ndrés Bello 2777, oficina 601, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, quien de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 y siguientes del Código Tributario, interpone Reclamo Tributario en contra de las Liquidaciones números 1.315 a la 1.333, emitidas por la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos, y notificadas a la Sociedad mediante la Notificación Nº 482, Folio 1514695, de fecha 30 de noviembre de 2017, para que las mismas sean dejadas sin efecto en todas sus partes por adolecer de vicios tanto de forma como de fondo. 2
Expone que mediante las Liquidaciones el Servicio procedió a objetar el Crédito Especial de Empresas Constructoras (CEEC), regulado por el artículo 21 del Decreto Ley 910 del año 1974, por el periodo comprendido desde agosto de 2014 a mayo de 2015, por un monto total de $ 35 3.619.458, más intereses, reajustes y multas, que aumentaban la cifra señalada a la cantidad total de $ 827.620.376.
ANTECEDENTES FISCALIZACIÓN.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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