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Tribunal · solo Pro
EMPRESA ELECTRICA DE LA FRONTERA S.A con SII
Fecha: 04-08-2021 · Materia: Resolución · Juez: Christian Marcel Allen Rojas
HA LUGAR EN PARTE+2.000M Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo de empresa eléctrica contra liquidación de impuestos de 2017, permitiendo deducción de compensaciones e indemnizaciones a usuarios, rechazando solo multas a SEC.
Empresa Eléctrica de La Frontera S.A. (FRONTEL) declaró base imponible de $5.744.810.733 e impuesto de $1.279.827.478 para AT 2017. SII rechazó deducción de gastos por $489.134.551 (compensaciones, indemnizaciones a terceros e indemnizaciones por presentaciones) y ajustes por $2.379.989 (multas SEC). FRONTEL interpuso RAV que fue rechazada. Luego reclamó ante Tribunal Tributario.
El tribunal estimó que compensaciones por interrupciones de suministro, indemnizaciones a terceros e indemnizaciones por presentaciones cumplen requisitos del art. 31 LIR, pues son gastos obligatorios derivados de la naturaleza regulada de la concesión eléctrica, con responsabilidad objetiva conforme a art. 16 B Ley 18.410 y Oficio Circular 4.853 SEC 2002. Estas partidas forman parte de la realidad del negocio de empresa concesionaria. Rechazó multas SEC al ser expresión de conducta reprochable no constitutiva de gasto necesario, diferenciándose de compensaciones por no ser automáticas e inclu
Acoge parcialmente reclamo. Modifica RLI a $5.747.190.722 (confirmando rechazo de multas SEC por $2.379.989). Ordena devolución de $1.630.139.323 (código 87, formulario 22). Exime de costas al no vencer totalmente la reclamada.
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Puerto Montt, cuatro de agosto de dos mil veintiuno.
VISTOS:
A fojas 1, comparece don Manuel Garcés Contador , RUT N°15.371.276-K, abogado, en representación de Empresa Eléctrica de La Frontera S.A. , RUT N° 77.907.950-3, ambos domiciliados en calle Bulnes N° 441, comuna de Osorno, quien interpone reclamo tributario en contra la Resolución Exenta 17.200 N°144 de fecha 20 de agosto de 2020, emitida por el Departamento de Fiscalización de Grandes Empresas Internacionales del Servicio de Impuestos Internos , solicitando se deje sin efecto, de acuerdo a los argumentos que expone.
La cuantía de la causa asciende a: Cuantía Neta UTM 32600,52; Cuantía Bruta UTM 32600,52;
Con relación a los antecedentes de hecho del reclamo, señala que en su Declaración Anual de Impuestos correspondiente al AT2017, FRONTEL declaró una base imponible del Impuesto de Primera Categoría de $5.744.810.733 y un impuesto final de $1.279.827.478. Asimismo, por concepto de Impuesto Único del inciso primero del artículo 21 de la LIR, FRONTEL declaró una base imponible de $4.037 .104 y un impuesto final de $1.382.577. Con fecha 23 de octubre de 2018, la Unidad Fiscalizadora del SII efectuó la Notificación Nº 913, mediante la cual requirió a FRONTEL una serie de antecedentes correspondientes al AT 2016 y AT 2017, en el marco del programa de fiscalización "Auditoría al FUT". De acuerdo con sus políticas internas de cumplimiento tributario, con fecha 12 de noviembre de 2018, FRONTEL dio respuesta formal al requerimiento realizado por la Unidad Fiscalizadora. Posteriormente, a través de correos electrónicos, FRONTEL aportó la totalidad de la documentación requerida.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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