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Tribunal · solo Pro
RUTH MARIA AGUIRRE URBINA SERV GASTRONOMICOS EIRL con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 18-01-2013 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT
ACOGE Confirmatorio Ha Lugar
Se acoge parcialmente la reclamación por infracción al art. 97 N°10 CT. Se declara nula la actuación inicial por incompetencia funcional, pero se ratifica el denuncio por funcionario competente posterior.
El 18 de octubre de 2012, en restaurant "El Viejo Clipper" de Iquique, clientes consumieron alimentos y bebidas pagando con tarjeta de crédito. Al dirigirse el garzón a la caja para solicitar emisión de boleta (segundos después del pago), un funcionario auxiliar del SII requirió la boleta, la firmó y retiró su copia sin ser fiscalizador. Minutos después llegó la fiscalizadora Enid Bravo Rojas quien ratificó el denuncio por no otorgamiento previo de boleta. Se cursó denuncio N°1168825 por infracción al art. 97 N°10 del CT.
El tribunal determina que aunque inicialmente actuó funcionario administrativo sin calidad de ministro de fe según escalafón, ambos funcionarios (Sepúlveda y Novoa) contaban con nombramiento expreso del Director conforme art. 86° CT, por lo que tenían validez sus actuaciones. Respecto de la infracción, según Res. Ex. 58 del SII de 2003, en restaurantes la boleta debe otorgarse antes o simultáneamente al cobro, o en forma previa a que el consumidor se retire. Si bien la venta de servicios gastronómicos se perfecciona al percibirse la remuneración (art. 55° LIR), la normativa interna del SII est
Se acoge parcialmente la reclamación. Se declara nula la actuación del funcionario administrativo Novoa como fiscalizador inicial. Se desestima la infracción originaria. Sin embargo, se estima que existió infracción al no emitirse boleta antes de la salida del cliente, por lo que se mantiene el denuncio ratificado posteriormente por la fiscalizadora competente.
TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TARAPACA
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RUTH MARÍA AGUIRRE URBINA
SERVICIOS GASTRONÓMICOS E.I.R.L.
RUT N°76.010.873-1
Iquique, dieciocho de enero del dos mil trece.
VISTOS:
Que a fs. 1 comparece don CHRISTIAN IVAN BRICEÑO CASANGA, administrador y mandatario Rut N°12.385.678-9, en representación convencional de la empresa RUTH MARIA AGUIRRE URBINA SERVICIOS GASTRONOMICOS
E.I.R.L., persona jurídica del giro de su denominación, Rut N°76.010.873-1, ambos con domicilio, para estos efectos, en Riquelme N°497 de esta ciudad, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 165° y siguientes del Código Tributario, deduce reclamación en contra del denuncio N°1168825 (F3294) de fecha 18 de Octubre 2012, emitido por el funcionario bajo número administrativo 373 del SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS de esta región; con el objeto que dicho denuncio sea dejado sin efecto por no resultar efectivo el hecho denunciado; por ser nulo y falso o, en su defecto, aplicar las sanciones en su mínimo legal de conformidad a las razones de hecho y fundamentos de derecho que paso a exponer:
I.- ANTECEDENTES GENERALES.
Que con fecha 18 de Octubre de 2012, en el restaurant ubicado en calle
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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