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Tribunal · solo Pro
INSTAPLAN SUR S.A con SII
Fecha: 06-01-2022 · Materia: Liquidación · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
ACOGE+100M Ha Lugar
Acogida reclamación contra liquidación por error en declaración de renta 2018; SII se allana reconociendo pérdida tributaria correcta de $149.485.526.
INSTAPLAN SUR S.A. presentó declaración de renta año tributario 2018 el 27.04.2018. El SII notificó citación para rectificar la declaración jurada 1926, y al no hacerlo, emitió liquidación N° 280401708 del 26.07.2021 por $113.037.137. El error consistía en que el resultado financiero se registró como $66.713.770 en lugar de -$66.713.770. La contribuyente rectificó el 6.09.2021. Posteriormente, el SII emitió resolución exenta N° 180500738 que corrigió de oficio la liquidación.
El tribunal aplicó el artículo 132 inciso 1° del Código Tributario, que permite al Servicio aceptar llanamente las pretensiones del reclamante si sus argumentos desvirúan el acto impugnado. El SII se allanó totalmente reconociendo que el resultado tributario correcto para 2018 es una pérdida de $149.485.526, no el determinado en la liquidación reclamada ni en la posterior resolución. Ambas partes estuvieron contestes en que la declaración de renta presentada en formulario 22 del 27.04.2018 era la correcta. Por el allanamiento total, el tribunal acogió la reclamación sin condenar en costas al S
Se acoge la reclamación en su totalidad. Se deja sin efecto la liquidación N° 280401708 del 26.07.2021. No se condena en costas al SII por haberse allanado. Director Regional debe cumplir administrativamente esta sentencia.
Concepción, seis de enero de dos mil veintidós.
VISTOS:
En lo p rincipal del escrito de fojas 11 y siguientes, comparece don José Ignacio Matus Martínez, abogado, RUT n.° 16.935.758 -7, en representación procesal de INSTAPLAN SUR S.A., RUT n. ° 76.207.39 1-9, ambos con domicilio para estos efectos en calle Griselda n° 6.302 de la comuna de Talcahuano ; quien deduce reclamo tributario en contra de la liquidación n° 280401708 de fecha 26.07.2021 , emitida por la Unidad de Talcahuano dependiente de la VIII Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos.
Fundando su reclamo, expresa lo siguiente:
Que con fecha 27.04.2018, se presentó Declaración Anual Impuesto a la Renta Año Tributario 2018, y la Declaración Jurada 1926, relativa a la Base Imponible de Primera Categoría y Datos Contables respectiva a ese año tributario. Posteriormente, con fecha 09.03.2021 se notifica citación número 181309943 solicitando se rectifique la declaración jurada del año tributario 2018, en donde al no haber la rectificación solicitada, nace la liquidación en comento por un total de $113.037.137.
Agrega, que al revisar la declaración jurada se aprecia un error en cuanto al resultado financiero, indicando específicamente que el resultado era $ 66.713.770 en circunstancias de que d ebía indicar la cifra en números negativos ( -66.713.770); siendo con fecha 6 de septiembre de 2021 rectificada dicha circunstancia, lo cual desvirtúa la procedencia del giro y la posterior liquidación practicada por el ente fiscal.
Luego, indica que con f echa 09.09.2021 se notifica la resolución exenta número 180500738 que corrige de oficio la liquidación numero 280401708.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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