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Tribunal · solo Pro
ENRIQUE SCHELE BENAVENTE Y CIA con SII
Fecha: 07-03-2022 · Materia: Liquidación · Juez: Andrea Del Pilar Catril Beltrán
HA LUGAR EN PARTE+100M Confirmatorio Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo de contribuyente contra liquidaciones por venta de parcelas, reconociendo costos deducibles pero rechazando que tributación en renta presunta ampare ventas y crédito fiscal por IVA.
Sociedad Enrique Schele Benavente y Compañía, que tributa en renta presunta, vendió 8 parcelas en 2016 y 7 en 2017. El SII emitió liquidaciones N° 56 y 57 de agosto 2020 determinando mayor renta no declarada por $227.119.521 (AT 2017) y $236.801.558 (AT 2018). Contribuyente alegó dificultades para presentar antecedentes por pandemia, contador de riesgo, y derecho a crédito fiscal IVA de $40.000.000 y costos de venta.
El tribunal establece que la carga probatoria es compartida: contribuyente debe desvirtuar impugnaciones pero usando preponderancia de prueba. Determina que venta de parcelas debió tributar en renta efectiva, no presunta, conforme reforma tributaria previa a 2016. Acoge existencia de costos de venta determinados por perito mediante método de costo promedio ponderado: $7.865.239 (2016) y $7.304.484 (2017). Desestima que contribuyente no pudo presentar antecedentes pues tuvo disponibilidad de plataformas electrónicas. Rechaza crédito fiscal IVA pues ventas fueron sin IVA débito (no gravadas).
Acoge parcialmente reclamo solo en reconocimiento de costos asociados a venta de parcelas. Ordena ajustar liquidaciones conforme a costos reconocidos. No condena en costas por no ser vencida totalmente la reclamante.
Valdivia, siete de marzo de dos mil veintidós
VISTOS:
A fojas uno y siguientes, comparece Juan Miguel Abarca Aguad , RUT N° 10.613.447-2, abogado, en representación de la sociedad Enrique Schele Benavente y Compañía, RUT N° 77.954.500- 8, ambos domiciliados en Fundo Quitacalzón sin número, comuna de Valdivia. Interpone reclamo en contra de las Liquidaciones N° 56 y 57 de 3 de agosto de 2020, emitidas por el Servicio de Impuestos Internos, Dirección Regional XVII Valdivia (en adelante Servicio).
Sostiene que la entrega de antecedentes se vio dificultada porque el Servicio estuvo cerrado a consecuencia de la pandemia, a lo que se sumó que su contador se encuentra dentro del grupo de riesgo de Covid. Lograron preparar toda la documentación solicitada, pero se enteraron de que los antecedentes se encontraban para confección de liquidación. En relación al fondo argumenta que el Servicio reconoció en su Liquidación que las observaciones se efectuaron a la parcelación total y que el contribuyente argumentó la ex istencia de $40.000.000 de IVA crédito fiscal a los que tendría derecho. Señala que le beneficia el régimen de renta presunta respecto de los bienes enajenados que formaban parte de subdivisiones prediales atendido que esta se efectuó antes de la reforma tributaria. Finalmente, indica que llevó antecedentes a una citación del Servicio, pero que se dejó sin efecto la concurrencia. Señala disponer de antecedentes para acreditar los gastos, y que puede presentarlos en el curso del juicio. Solicita se deje sin efecto la Liquidación reclamada, y en consecuencia los actos y cobros que se siguen de ella. En subsidio que se rebaje la liquidación con base en los documentos que presentará.
Diligencias del proceso
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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