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Tribunal · solo Pro
RENTAS PAYSANDU LIMITADA con SII
Fecha: 29-04-2022 · Materia: Resolución · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo contra resolución que deniega devolución de $26.299.791 por PPUA del AT 2015, por no acreditar fehacientemente pérdidas tributarias ni cumplir requisitos del artículo 31 de la LIR para deducir gastos.
Rentas Paysandú Limitada solicitó devolución de $26.299.791 por Pago Provisional por Utilidades Absorbidas en su declaración AT 2015. El SII retuvo la devolución y requirió antecedentes mediante notificación del 01.07.2015 para verificar la procedencia, observando diferencias en pérdidas tributarias declaradas ($68.091.051) y falta de documentación. La contribuyente no aportó los antecedentes requeridos en plazo. Posteriormente reconoció error y corrigió pérdida a $3.495.115, reduciendo devolución a $21.735.364, pero el SII rechazó la RAV.
El Tribunal establece que corresponde al contribuyente probar la veracidad de sus declaraciones según artículo 21 del Código Tributario. Para deducir gastos del artículo 31 LIR deben ser necesarios, pagados o adeudados, acreditados fehacientemente, y del giro. La reclamante no presentó prueba durante el periodo probatorio pese a ofrecer hacerlo. No acreditó que los gastos cumplieran requisitos legales ni justificó fehacientemente las pérdidas tributarias. Respecto a dividendos recibidos ($126.065.729), el artículo 39 N°1 LIR los eximía de primera categoría, pero el artículo 33 N°1 letra e) exi
Se rechaza el reclamo y se confirma íntegramente la Resolución Exenta SII N°2051 de 21.12.2015. No se condena en costas por existir motivo plausible para litigar.
“RENTAS PAYSANDÚ LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV
DR STGO ORIENTE”
RIT N°: Rol · solo Pro
RUC N°: Rol · solo Pro
SGP.
Providencia, a veintinueve de abril de dos mil veintidós.
VISTOS:
El escrito de fecha 14.04.2016, rolante de fs. 29 a 38, mediante el cual don Claudio Jiménez Valenzuela, abogado, RUT N° 17.134.340-2, domiciliado en calle Alonso de Córdova N° 5230, oficina 1401, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en representación de la sociedad “RENTAS PAYSANDÚ LIMITADA”, RUT N° 79.846.120-6, giro: Asesorías Finanzas y Marketing e Inversiones Inmobiliaria, domiciliada en calle La Pastora N° 121, oficina 401, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, deduce Reclamo en contra de la RESOLUCIÓN EX. SII N° 20 51, de 21.12.2015, que no da lugar a la devolución solicitada por concepto de Pago Provisional por Utilidades Absorbidas en la Declaración de Impuestos Anuales a la Renta del Año Tributario 2015, emitida por el SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, XV DIRECCIÓN REGIONAL
METROPOLITANA SANTIAGO ORIENTE, RUT N°60.803.315 -7, representada legalmente por don Chistian Soto Torres, RUT N° 12.760.959-4, Director de la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos (SII), según Resolución TRA N° 246/1758/2015 de fecha 30.10.15, ambos domiciliados en calle General del Canto N° 281, piso 10, oficina N° 1003, Comuna de Providencia, Región Metropolitana.
Rolan en autos:
A fs. 1, comprobante de distribución de causa.
A fs. 2 a 28, documentos acompañados por la reclamante: Fs. 2 a 4, copia de la Resolución EX. SII N° 2051 de 21.12.2015; a fs. 5 Notificación N° 1757 de 29.12.2015; a fs. 6 a 14, copia de la Resolución EX. N° 59.699 de 24.03.2016; a fs. 15 a 21, copia de Transformación de sociedad Paysandú S.A. a Paysandú Limitada de 13.07 .2009; a fs. 22 a 26, copia de Constitución de Sociedad Ingeniería y Gestión Edwards y Palma Limitada de 03.09.2008; a fs. 27 a 28, copia mandato judicial de 11.04.2016.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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