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Tribunal · solo Pro
ASESORIAS E INVERSIONES LLANQUIHUE LIMITADA con SII
Fecha: 29-04-2022 · Materia: Resolución
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo contra denegación de devolución de $1.428.000 por Pago Provisional de Utilidades Absorbidas por falta de acreditación formal de la notificación de fiscalización al contribuyente.
Asesorías e Inversiones Llanquihue Limitada solicitó devolución de $1.428.000 por Pago Provisional de Utilidades Absorbidas en su declaración de renta 2015. El SII rechazó la solicitud mediante Resolución EX N° 240 de 25.02.2016, alegando que la empresa no aportó documentación requerida en Notificación N° 150101449 de 01.07.2015. La empresa reclama argumentando que no tuvo conocimiento de dicha notificación y que en sede de reclamo aporta la contabilidad y antecedentes solicitados.
El Tribunal analiza que el SII no acreditó formalmente la comunicación de la notificación de fiscalización a la contribuyente. Aunque ésta reconoce no haber aportado documentación ante el SII, alega desconocimiento de la notificación. El Tribunal estima que corresponde al Servicio acreditar la comunicación formal del inicio del proceso de fiscalización. Además, establece que no es función del Tribunal realizar auditorías tributarias completas para validar devoluciones, sino revisar la legalidad de resoluciones denegatorias. Sin embargo, por la falta de acreditación de la notificación formal, l
Ha lugar al reclamo. Se deja sin efecto la Resolución EX. SII N° 240 de 25.02.2016. Se declara que no se condena en costas a la reclamada por haber tenido motivo plausible para litigar.
“ASESORIAS E INVERSIONES LLANQUIHUE LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
RIT N°: Rol · solo Pro
RUC N°: Rol · solo Pro
SGP.
Providencia, a veintinueve de abril de dos mil veintidós.
VISTOS:
El escrito de fecha 13.04.2016, rolante de fs. 28 a 31, mediante el cual don José Miguel Joaquín Ovalle Barros , RUT N° 9.975.968-2, en representación de la sociedad “ASESORIAS E INVERSIONES LLANQUIHUE LIMITADA”, RUT N° 76.027.658-8, giro: Inversiones; Ass. Finac./Econom; Compraventa y Arriendo de Bienes Raíces, ambos domiciliados para estos efectos en Las Lavándulas 9947, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, deduce Reclamo en contra de la RESOLUCIÓN EX. SII N° 240 de 25.02.2016, que no da lugar a la devolución solicitada por concepto de Pago Provisional por Utilidades Absorbidas en la Declaración de Impuestos Anuales a la Renta del Año Tributario 2015, emitida por el SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, XV DIRECCIÓN
REGIONAL METROPOL ITANA SANTIAGO ORIENTE, RUT N°60.803.315- 7, representada legalmente por don Chistian Soto Torres, RUT N° 12.760.959-4, Director de la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos (SII), según Resolución TRA N° 246/1758/2015 de fecha 30.10.15, ambos domiciliados en calle General del Canto N° 281, piso 10, oficina N° 1003, Comuna de Providencia, Región Metropolitana.
Rolan en autos:
A fs. 1, comprobante de distribución de causa.
A fs. 2 a 26, documentos acompañados por la reclamante: Fs. 2, identificación del ítem físico no escaneable; de fs. 3 a 4, copia de la Resolución EX. SII N° 240 de 25.02.2016; a fs. 5 a 8, Certificado sobre Situación Tributaria de Dividendos, Detalle de Saldos, Certificado de Deuda y Cuadro de Pagos; fs. 9 a 26, Constitución de la sociedad reclamante, protocolización, extracto e inscripciones pertinentes.
A fs. 27 a 31, escrito de reclamo.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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