M & M Ingeniería Contabilidad y Mecanica Industrial LTDA. con Servicio de Impuestos Internos
| Tribunal | Corte de Apelaciones de Antofagasta |
|---|---|
| Rol | 3-2016 |
| Fecha sentencia | 11 may 2016 |
| Recurso | Apelación |
| Resultado | CONFIRMADA |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalConfirma sentencia que rechaza reclamación tributaria por falta de prueba acreditatoria. La empresa no acompañó documentos requeridos por el SII en citación administrativa ni justificó su incumplimiento, quedando afecta a sanción de inadmisibilidad probatoria.
Hechos
M&M Ingeniería reclamó contra Liquidaciones de IVA del SII correspondientes a períodos 2012-2014. El SII citó al contribuyente requiriendo libros timbrados y facturas de respaldo. La empresa no presentó documentos en respuesta a citación del 12.01.2015, solo allegándolos posteriormente en reposición administrativa, invocando 'problemas tecnológicos'. El Tribunal Tributario declaró inadmisible la prueba aportada tardíamente y rechazó la reclamación. La empresa apela argumentando inconstitucionalidad del artículo 132 inciso 11° CT y que el SII accedía a información vía factura electrónica.
Considerandos clave
La Corte constata que el contribuyente no aportó antecedentes solicitados en citación del 12.01.2015 ni justificó fehacientemente su incumplimiento (solo refirió 'problemas tecnológicos'). Concluye que quedó afecto a sanción de inadmisibilidad probatoria conforme artículo 132 inciso 11° CT. Descarta argumento de inconstitucionalidad por competencia del Tribunal Constitucional. Sostiene que la orfandad probatoria generada por el propio contribuyente le impidió acreditar extremos fácticos de su reclamo, sin que los argumentos del recurso logren desvirtuar las conclusiones del juez a quo.
Resolutivo
Confirma sentencia apelada de 13.01.2016 que rechazó la reclamación tributaria. Condena al recurrente al pago de costas de la apelación. Quedan firmes las Liquidaciones de IVA impugnadas.
Texto de la sentencia
Antofagasta, once de mayo de dos mil dieciséis.
PRIMERO: Que a fojas 158 la contribuyente "M&M
INGENERÍA CONTABILIDAD Y MECÁNICA INDUSTRIAL LTDA." se alzó en contra de la sentencia definitiva, en cuanto por sus decisión I declara inadmisible la prueba aportada por el reclamante; sobre el particular, expresa que el inciso 11° del artículo 132 del Código Tributario es inconstitucional, pues es contrario a lo que debe entenderse un proceso racional y justo; porque se refiere a los antecedentes, pero en ningún caso a los libros contables, distinción que extraer del artículo 21 del Código Tributario.
En cuanto al fondo, (resuelvo II), señala que la contribuyente emite facturas electrónicas, de lo que sigue que el Sil tenía acceso a toda la información requerida, por lo que la exigencia de documentación vulnera los derechos consagrados en el artículo 8 bis del Código
Tributario. Además, el sentenciador concluyó que el crédito fiscal IVA no fue acreditado, dado que el contribuyente no acompañó el respectivo libro timbrado por el Sil ni los respaldos documentarlos; de esta forma, el Tribunal rechazó la reclamación en contra de las Liquidaciones de IVA N° 260 a 271 y N° 275, al desestimar también la prueba, no obstante tratarse de libros contables obligatorios para él.
Concluye que no pudo estimarse, sin infringir las reglas de la lógica, que sólo hubo débito fiscal sin crédito. Si se rechaza el crédito fiscal IVA también debe rechazarse el débito, y aplicar las facultades tasadoras del Sil. Además al prescindir de los Formularios 2 9 donde se declara el crédito fiscal, se infringió el artículo 21 del Código
Por lo expuesto, pidió la revocación del fallo recurrido, declarando que las liquidaciones que indica no se han ajustado a derecho y dejarlas sin efecto, con costas del recurso;
SEGUNDO: Que la reclamante y apelante no concurrió a estrados, lo que si hizo el Servicio de Impuestos Internos, instando por el rechazo del recurso.
Cómo resuelve este tribunal
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