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CONFIRMADACorte de Apelaciones de Concepción · Rol 56-201227 mar 2013

Supermercado Big Key Limitada con Servicio de Impuestos Internos VIII DR Concepcion

TribunalCorte de Apelaciones de Concepción
Rol56-2012
Fecha sentencia27 mar 2013
RecursoApelación
ResultadoCONFIRMADA Fallada/confirmada

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

Supermercado Big Key cuestionó resolución del SII sobre puntos de prueba a rendir en procedimiento tributario. La Corte de Apelaciones confirmó la resolución de primera instancia, rechazando la incorporación de hechos que constituían cuestiones jurídicas y conclusiones, no hechos controvertidos pertinentes.

Texto de la sentencia

Se anunciaron revocando, el abogado Mario Rojas S., 15 minutos. Confirmando, Felipe Cerda R., 10 minutos. Alegaron.

Concepción, veintisiete de marzo de dos mil trece.

Teniendo presente, además, que los puntos de prueba deben decir relación con hechos controvertidos, pertinentes y esenciales, lo que no propone el recurrente, sino que por el contrario plantea incorporar como hechos a probar cuestiones de orden jurídico y conclusiones a que debe arribar el Tribunal después de valorar la prueba que se rinda, y atendido, también, lo dispuesto en el artículo 132 del Código Tributario, se confirma la resolución de seis de noviembre de dos mil doce, escrita fojas 140 de estas compulsas.

Acordado con el voto en contra de la Ministra señora Matilde Esquerré Pavón, quien en atención a la alegación por la parte contribuyente sobre la buena fe como interpretación jurídica del Servicio de Impuestos Internos, en los términos previstos en el artículo 26 del Código Tributario, estuvo por modificar la resolución recurrida agregando como cuarto punto de prueba: “efectividad que el contribuyente se acogió de buena fe a la interpretación administrativa emanada del Servicio de Impuestos Internos, en los términos indicados en el escrito de reclamación”.

PROVEIDO POR LOS MINISTROS DE LA SEXTA SALA, Sr. Diego Simpértigue Limare, Sra. Matilde Esquerré Pavón y el Abogado Integrante señor Martín Pucheu Muñoz.

En Concepción, a veintisiete de marzo de dos mil trece, notifiqué por el estado diario la resolución precedente.

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el tribunal, en las sentencias de Corte Suprema y Cortes de Apelaciones de esta base.

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Cómo resuelve este tribunal

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