Crh Chile S.A con Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional Metropolitana Santiago Oriente
| Tribunal | Corte de Apelaciones de Santiago |
|---|---|
| Rol | 157-2019 |
| Fecha sentencia | 26 ene 2022 |
| Recurso | Apelación |
| Resultado | CONFIRMADA Revocada-confirmada |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalRevoca parcialmente la sentencia de primer grado y acoge el reclamo de CRH Chile S.A. por falta de fundamentación de la Resolución que rechazó la devolución de PPUA 2012 por $133.689.584; ordena su devolución y deja sin efecto liquidaciones conexas.
Hechos
CRH Chile S.A. solicitó devolución de Pago Provisional por Utilidades Absorbidas (PPUA) del ejercicio 2012 por $133.689.584. El SII rechazó la solicitud mediante Resolución Exenta 3273 (18 de abril 2013) argumentando que no se acreditó la pérdida tributaria. Posteriormente el SII emitió liquidaciones 188-193 por ajustes de precios de transferencia en los años 2010-2012. El Tribunal Tributario y Aduanero rechazó el reclamo respecto de la Resolución 3273, pero acogió parcialmente respecto de las liquidaciones. La Corte de Apelaciones examina ambas decisiones en esta apelación.
Considerandos clave
El tribunal aplica el test de fundamentación del acto administrativo según Ley 19.880 art. 41 y precedente de Corte Suprema: la motivación es garantía esencial contra la arbitrariedad y debe explicar las razones de hecho y derecho. Respecto de la Resolución 3273: el SII limitó su rechazo a afirmar que la pérdida "no está acreditada" sin exponer qué prueba consideró insuficiente ni por qué, incumpliendo el deber de fundamentación. Esto viola el principio de confianza legítima, especialmente cuando el mismo SII había reconocido esos créditos en sentencia de 2007. Respecto de las liquidaciones 190 y 192: confirma que el SII debe probar los ajustes de precios de transferencia (art. 38 LIR), lo cual no hizo satisfactoriamente. La prueba documental en segunda instancia refuerza la procedencia de la devolución.
Resolutivo
Revoca la sentencia en cuanto rechazó el reclamo contra Resolución Exenta 3273 y acoge la devolución por $133.689.584 más reajustes. Revoca las liquidaciones 190, 192 y sus reintegros (191, 193). Deja sin efecto liquidaciones 188 y 189. Confirma lo demás de la sentencia apelada.
Texto de la sentencia
Santiago, veintiséis de enero de dos mil veintidós.
Se reproduce la sentencia de fecha quince de abril de dos mil diecinueve, con excepción de sus motivos 15 °a 23°, y 44°, que se eliminan.
Y teniendo en su lugar, y además, presente:
I)- Respecto del recurso de apelación interpuesto por el Abogado Sr. Rodrigo Ugalde Prieto, por CHR Chile S.A en contra de la Resolución Exenta 3272 de 18 de abril de 2013 que rechazó PPUA AT 2012 por $133.689.584:
Primero: Que, la presente causa sube en apelación deducida en contra de la sentencia definitiva que rechazó el reclamo interpuesto por CHR Chile S.A, respecto de la Resolución Exenta N° 3273, de 18 de abril de 2013, dictada por la Dirección Regional Metropolitana de Santiago Oriente del Servicios de Impuestos que denegó la devolución del Pago Provisional por Impuesto de Primera Categoría por Utilidades Absorbidas (PPUA), solicitada en su Declaración de Impuesto a la Renta del Año Tributario 2012, por la suma de $133.689.584 con los reajustes correspondientes.
Segundo: Que, el Servicio de Impuestos Internos explica que la Sociedad reclamante debe acreditar la existencia de las utilidades no retiradas o distribuidas para poder imputar las pérdidas, según lo dispone el artículo 31 número 3 de la Ley sobre Impuesto a la Renta. Señala que el cuestionamiento de la Declaración de Renta 2012, no recae sobre la existencia del crédito otorgado el 25 de febrero de 1999 por la suma de US $5.500.000 tipo de cambio a esa fecha de US $496,66, sino que se refiere a la tasa aplicada al crédito, lo que se ve refrendado además con las liquidaciones números 188 a 193 de 30.07-2013 respecto de los años tributarios 2010, 2011 y 2012 por concepto de Impuesto Único artículo 21 y reintegro artículo 97 ambos de la Ley sobre Impuesto a La Renta.
Tercero: Que constan del proceso los siguientes antecedentes:
1) Que la reclamante presentó su declaración de impuesto a la renta del AT 2012, solicitando una devolución de $133.689.584 por concepto de PPUA.
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