Comercial Depor Limitada con Servicio de Impuestos Internos Oriente
| Tribunal | Corte de Apelaciones de Santiago |
|---|---|
| Rol | 202-2020 |
| Fecha sentencia | 3 feb 2022 |
| Recurso | Apelación |
| Resultado | CONFIRMADA |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalLa Corte confirma el rechazo a la devolución de PPM por falta de antecedentes aportados en sede administrativa, desestimando vicios formales de la resolución del SII.
Hechos
Comercial Depor Limitada solicitó devolución de $115.639.425 en Pagos Provisionales Mensuales (PPM) del año 2011, incluida en el Formulario 22 del AT 2012. El SII rechazó la solicitud mediante Resolución Exenta N° 835 de 27 de abril de 2015. El contribuyente reclamó ante el Tribunal Tributario y Aduanero argumentando vicios formales (falta de firma del Director Regional, falta de fundamentación) y derecho sustantivo a la devolución. El Tribunal de primera instancia rechazó la reclamación el 30 de octubre de 2020. Comercial Depor apeló. La Corte de Apelaciones de Santiago confirma la sentencia con fecha 3 de febrero de 2022.
Considerandos clave
El tribunal advierte que si bien no comparte la tesis de que la procedencia de la devolución sea cuestión de derecho, debe respetar lo resuelto por la sala especializada tributaria en la sentencia interlocutoria que fijó los hechos a probar. Considera que la Resolución impugnada contiene rúbrica de autoridad competente, fue notificada regularmente y satisface exigencias legales de motivación, sin adolecerencias de ilegalidad o irrazonabilidad. Destaca que el contribuyente fue notificado el 22 de junio de 2012 de un requerimiento con observaciones específicas (A98, F23, A62, A30, F53) para verificar información de su declaración, mas no cumplió con aportar documentación solicitada. La inactividad probatoria y el incumplimiento en sede administrativa justifican el rechazo administrativo.
Resolutivo
Se confirma la sentencia de 30 de octubre de 2020 del Tercer Tribunal Tributario y Aduanero. El rechazo de la devolución de PPM queda firme por falta de antecedentes aportados administrativamente.
Texto de la sentencia
Santiago, tres de febrero de dos mil veintidós.
De la sentencia en alzada, se eliminan los números 4.- a 10.- del motivo décimo, el número 5.- del razonamiento Décimo primero y el fundamento Décimo segundo.
Y se tiene en su lugar y además presente:
Primero: Que de los antecedentes de la causa consta lo siguiente:
a) El acto reclamado corresponde a la Resolución Exenta N° 835 de 27 de abril de 2015 que se pronuncia sobre la solicitud administrativa de devolución de PPM pagados en exceso durante el año comercial 2011, contenida en la Declaración Anual de Renta, Formulario 22 del AT 2012, por la suma de $115.639.425, modificado luego a $111.027.017, rechazándola. El reclamante adujo la existencia de vicios formales en el acto administrativo, observando que la Resolución no está firmada por el Director Regional del Servicio de Impuestos Internos y que carece de fundamentación. En cuanto al fondo, estima que la empresa reclamante satisface los presupuestos legales y reglamentarios para tener derecho a la devolución que pretende.
b) El Servicio de Impuestos Internos solicitó la confirmación del acto administrativo por considerar que se cumplen los requisitos legales y no adolece de ilegalidad alguna.
c) Por resolución de 11 de enero de 2019 se recibió la causa aprueba fijándose como hecho a probar “Efectividad que la Res. Ex. N° 835 de 27.04.15, adolece de los vicios que se acusa que afectarían su validez. Antecedentes de hecho y circunstancias que lo acrediten”.
d) El reclamante impugnó esa sentencia interlocutoria solicitando se modificara el punto fijado por el tribunal y se agregaran dos. Uno de ellos era del siguiente tenor: N° 3 “Efectividad de tener la reclamante derecho a una devolución por concepto de Pago Provisional Mensual ascendente a $111.027.017. Antecedentes y circunstancias de hecho que lo justifican”.
Cómo resuelve este tribunal
Otras sentencias de Corte de Apelaciones de Santiago
Agricola Cardone Hermanos III LTDA con Servicio de Impuestos Internos XV DR Santiago Oriente
Se invalida sentencia por falta de fundamentación en la valoración de prueba documental; se ordena nuevo fallo respetando integridad probatoria y debido proceso.
Echeverria Izquierdo Ingenieria y Contruccion S a con Servicio de Impuestos Internos Dirección de Grandes Contribuyentes
Corte confirma con modificaciones la interlocutoria de prueba del Tribunal Tributario sobre acreditación de requisitos legales para emisión de notas de crédito impugnadas por el SII en reliquidaciones.
Inversiones Sq Limitada con Servicio de Impuestos Internos XV DR STGO Oriente
Apelación del SII contra sentencia de primera instancia que favoreció a Inversiones SQ Limitada en materia aduanero-tributaria. La Corte confirmó la sentencia de primera instancia.
Servicio de Impuestos Internos con Inmobiliaria e Inversiones Cantabria LTDA
Revoca sentencia de primera instancia que acogía reclamo de protección por vulneración constitucional. La Corte rechaza la pretensión de rectificar formularios 29 para reconocer IVA Crédito Fiscal fuera de plazo, confirmando que la omisión es imputable únicamente al contribuyente y no concurre el requisito legal de recepción tardía de factura.
Comercializadora Vittorio y Compania LTDA con Servicio de Impuestos Internos XV DR STGO Oriente
Apelación del SII contra sentencia de primera instancia sobre materia aduanera-tributaria. La Corte confirmó la sentencia del tribunal inferior, rechazando los argumentos del SII.
Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional STGO Poniente con Soc Manufacturera y Comercializadora de Tambores L
Revoca sentencia de primera instancia y condena a contribuyente a multa del 100% del impuesto defraudado ($1.225.215) por usar facturas ideológicamente falsas que aumentaron indebidamente su crédito fiscal de IVA.