Echeverria Izquierdo Ingenieria y Contruccion S a con Servicio de Impuestos Internos Dirección de Grandes Contribuyentes
| Tribunal | Corte de Apelaciones de Santiago |
|---|---|
| Rol | 4-2022 |
| Fecha sentencia | 1 feb 2022 |
| Recurso | Apelación |
| Resultado | CONFIRMADA Confirmada, con declaración |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalCorte confirma con modificaciones la interlocutoria de prueba del Tribunal Tributario sobre acreditación de requisitos legales para emisión de notas de crédito impugnadas por el SII en reliquidaciones.
Texto de la sentencia
Santiago, uno de febrero de dos mil veintidós.
Proveyendo al escrito folio 5: Téngase por cumplido lo ordenado.
Primero: Que en relación con la modificación pretendida en el recurso, en relación con el punto N°3 de la interlocutoria de prueba, se estima que en la actual redacción, comprende ampliamente las alegaciones de las partes, lo que permite estimar que no existe perjuicio alguno para la recurrente que lo habilite para solicitar la modificación en los términos propuestos.
Segundo: Que en relación con la modificación del punto N°4, a juicio esta Corte la redacción actual punto no contiene ningún hecho sustancial, pertinente y controvertido, sino más bien exige la aportación de prueba documental específica, cuestión que resulta absolutamente improcedente al tenorl del artículo 132 del Código Tributario. Por otro lado, la modificación propuesta por la reclamada se ajusta de mejor manera a la controversia planteada por las partes.
Tercero: Que, por útlimo, en relación con con la eliminación del punto 5, efectivamente esta Corte concuera con el recurrente en orden a estimar que dicha redacción no contiene ningún hecho sustancial, pertinente y controvertido, sino que exige aportar pruebas determinadas par ajustificar la pretensipon, cuestión que resulta improcedente consignarlo en la resolución impugnada, sin ´perjuicio de las medidas para mejor resolver que reconoce la legsilación nacional, motivo por el cual, se accederá a lo solicitado.
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el inciso 3° del artículo 132 del Código Tributario se confirma la interlocutoria de prueba de vintiuno de septiembre de dos mil veintiuno, dictada por el 4° Tribunal Tributario y Aduanero en causa RIT GR-18-00004-2016, con declaración que se elimina el punto N°5 y se modifica el punto N°4 debiendo quedar como se indica a continuación:
“4. Acredítese por el reclamante las circunstancias de hecho, antecedentes y cumplimiento de los requisitos legales, respecto de la emisión de las notas de créditos impugnadas por el Servicio de Impuestos Internos en las Reliquidaciones Nros 64 a 126 del 06.11.2015 que tienen su fundamento directo en las Liquidaciones Nros 64 a 126 del 10.07.2012, modificadas en lo pertinente por la Resolución Exenta Nº18.970 del 19.10.2012”.
La misma causa en primera instancia
Echeverria Izquierdo Ingenieria y Contruccion S a con SII Dirección de Grandes Contribuyentes
Se acoge reclamo contra reliquidaciones por prescripción del plazo del SII para emitirlas, más de 3 años después de ser ordenadas por resoluciones de revisión de actuación fiscalizadora.
Cómo resuelve este tribunal
Otras sentencias de Corte de Apelaciones de Santiago
Inversiones Sq Limitada con Servicio de Impuestos Internos XV DR STGO Oriente
Apelación del SII contra sentencia de primera instancia que favoreció a Inversiones SQ Limitada en materia aduanero-tributaria. La Corte confirmó la sentencia de primera instancia.
Agricola Cardone Hermanos III LTDA con Servicio de Impuestos Internos XV DR Santiago Oriente
Se invalida sentencia por falta de fundamentación en la valoración de prueba documental; se ordena nuevo fallo respetando integridad probatoria y debido proceso.
Servicio de Impuestos Internos con Inmobiliaria e Inversiones Cantabria LTDA
Revoca sentencia de primera instancia que acogía reclamo de protección por vulneración constitucional. La Corte rechaza la pretensión de rectificar formularios 29 para reconocer IVA Crédito Fiscal fuera de plazo, confirmando que la omisión es imputable únicamente al contribuyente y no concurre el requisito legal de recepción tardía de factura.
Comercial Depor Limitada con Servicio de Impuestos Internos Oriente
La Corte confirma el rechazo a la devolución de PPM por falta de antecedentes aportados en sede administrativa, desestimando vicios formales de la resolución del SII.
Importadora y Exportadora Scl Logistica LTDA con Dirección Regional Metropolitana Santiago Norte
Apelación interpuesta por el SII contra sentencia de primera instancia en materia aduanera. La Corte confirma la sentencia apelada, desestimando los argumentos del SII.
Tydvil S.A. Agencia en Chile con XV Dirección Regional Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos
Compraventa de acciones con rechazo de valoración del contribuyente. La Corte confirmó la resolución del tribunal inferior que mantiene el impuesto aplicado por el SII, pues correspondía al contribuyente probar la correcta valorización de la operación.