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Tribunal · solo Pro
ECHEVERRIA IZQUIERDO INGENIERIA Y CONTRUCCION S A con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 11-08-2023 · Materia: Liquidación · Juez: Cristhian Eduardo Navarrete Cottet
ACOGE+100M Ha Lugar
Se acoge reclamo contra reliquidaciones por prescripción del plazo del SII para emitirlas, más de 3 años después de ser ordenadas por resoluciones de revisión de actuación fiscalizadora.
Echeverría Izquierdo Ingeniería y Construcción S.A. fue fiscalizada por el SII respecto de CEEC y notas de crédito (períodos 2009-2011). El 10/07/2012 se notificaron Liquidaciones Nos. 64-126. La empresa interpuso RAF el 03/08/2012, siendo acogida parcialmente por Resolución N°18.970 del 19/10/2012, que dejó sin efecto las liquidaciones. El 06/11/2015 el SII emitió las reliquidaciones reclamadas (notificadas 25/11/2015), más de 3 años después. La empresa reclama por prescripción del plazo de que disponía el SII para reliquidar.
El tribunal analiza si las reliquidaciones emitidas el 06/11/2015 (más de 3 años después de ser ordenadas por las resoluciones RAF del 2012) prescribieron. Considera que las liquidaciones originales fueron dejadas sin efecto por el mismo SII mediante resoluciones, extinguiéndose, por lo que el reclamo tributario posterior no pudo suspender plazo alguno de prescripción respecto de actos ya extintos. El SII estaba obligado a emitir las reliquidaciones ordenadas sin mayor dilación. Aunque se alegue suspensión de plazo por reclamo tributario, el plazo para emitir los giros asociados a las reliquid
Se acoge el reclamo en lo principal, declarándose la prescripción de las Reliquidaciones Nos. 64-126 practicadas el 06/11/2015. El Director de Grandes Contribuyentes dispondrá el cumplimiento administrativo de lo resuelto. Cada parte pagará sus propias costas.
“ECHEVERRIA IZQUIERDO INGENIERIA Y CONSTRUCCIÓN S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Contribuyentes”
RUC N° Rol · solo Pro
RIT N° Rol · solo Pro
Santiago, once de agosto de dos mil veintitrés.
VISTOS:
A fojas 1, comparece don Rodrigo Álvarez Aravena, RUT N° [RUT reservado], en representación de la sociedad ECHEVERRÍA IZQUIERDO INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN S.A. , RUT N°85.747.000 -1, sociedad del giro de su denominación, ambos domiciliados en Isidora Goyenechea 3120, piso 17, comuna de Las Condes, quien interpone reclamo en contra de las Reliquidaciones Nos. 64 a 126 , emitidas con fecha 06 de noviembre de 2015 , por la Dirección de Grandes Contribuyentes (en adelante, DGC) del Servicio de Impuestos Internos (en adelante, SII) , solicitando se declare la prescripción del plazo del que disponía el SII para reliquidar los impuestos contenidos originalmente en las partidas de las Liquidaciones Nos. 64 a 126, que fueron dejadas sin efecto por la Resolución N°18.970 de l 19/10/2012; en subsidio, se declare la ineficacia legal de la Citación N°14 de l 27/03/2012, por haberse efectuado fuera del plazo máximo de 6 meses que establece la Ley N°18.320 y, consecuentemente, de las Liquidaciones Nos. 64 a 126 del 10/07/2012 que sirvieron de fundamento a las Reliquidaciones reclamadas; y, en subsidio de la petición anterior, se elimine en las Reliquidaciones impugnadas, los montos o partidas no acogidas por la Resolución Exenta N°18.970 del 19/10/2012 (en adelante, Resolución RAF 1°) y la Resolución Exenta que resuelve la RAF interpuesta contra la Resolución anterior (en adelante, Resolución RAF 2°), sin costas, en virtud de los siguientes fundamentos:
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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