Fleishmann Chile S.A. con Servicio de Impuestos Internos Dirección Regional Metropolitana Santiago Poniente
| Tribunal | Corte de Apelaciones de Santiago |
|---|---|
| Rol | 208-2018 |
| Fecha sentencia | 9 abr 2019 |
| Recurso | Apelación |
| Resultado | NO HA LUGAR |
| Resuelve a favor de | Contribuyente |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalLiquidación de impuestos por incumplimiento de requisitos formales. La Corte confirmó sentencia que rechazó el recurso del contribuyente contra resolución del SII.
Texto de la sentencia
CERTIFICO: que se anunciaron para alegar, escucharon relación y alegaron la abogada doña Annette Cabrera, por el recurso, y el abogado don Rodrigo Ugalde, contra el mismo. Santiago, nueve de abril de dos mil diecinueve.
Santiago, nueve de abril de dos mil diecinueve.
Proveyendo a fojas 385, a todo, téngase presente.
Atendido el mérito de autos, los fundamentos de la sentencia en alzada, los que son compartidos por esta Corte y lo dispuesto en los artículos 139 y siguientes del Código Tributario, se confirma la sentencia apelada de diecinueve de junio de dos mil dieciocho, escrita a fojas 291 y siguientes.
Se previene que el Ministro señor Carreño, estuvo por condenar en costas del recurso al Servicio de Impuestos Internos.
Pronunciada por la Undécima Sala, integrada por los Ministros señor Juan Manuel Muñoz Pardo, señor Fernando Ignacio Carreño Ortega y el Abogado Integrante señor Cristian Luis Lepin Molina. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, nueve de abril de dos mil diecinueve, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto según el registro del Poder Judicial (juris.pjud.cl), que reemplaza a la transcripción del repositorio del SII en esta ficha.
Normas aplicadas
Descriptores del SII
Requisitos que deben cumplir las liquidaciones.
Cómo resuelve este tribunal
Fallos que aplican las mismas normas
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Recurso de apelación del SII en contra de sentencia que acogió en parte reclamación contra Liquidación, determinando que devolución de impuestos debió tramitarse por Resolución y no por Liquidación. Corte rechaza apelación del SII.
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Contribuyente presentó declaración rectificatoria en revisión tributaria iniciada por el SII. Corte anuló fallo de primera instancia que había anulado un giro de diferencias de impuestos 2016, confirmando que el giro era válido sin liquidación previa cuando se funda en declaración rectificatoria del propio contribuyente.
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Prescripción de giro por Impuesto Único a la Renta: la Corte de Apelaciones confirmó que el giro fue notificado dentro del plazo de prescripción de tres años, interrumpido por la notificación previa de la liquidación conforme al artículo 201 n° 2 del Código Tributario.
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Liquidación de impuesto de primera categoría por discrepancia entre declaración de renta sin movimiento y formularios 29 con ingresos. Corte revocó sentencia de primer grado que la anulaba por falta de notificación de carta previa, acogiendo que el artículo 24 del Código Tributario no exige notificación previa para practicar liquidación.