Norcontrol Chile S.A. con Servicio de Impuestos Internos
| Tribunal | Corte de Apelaciones de Santiago |
|---|---|
| Rol | 25-2021 |
| Fecha sentencia | 23 jun 2022 |
| RUC | 19-9-0000412-8 |
| Recurso | Apelación |
| Resultado | HA LUGAR EN PARTE |
| Resuelve a favor de | Ambos, en parte |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalPérdida por diferencia de tipo de cambio en operaciones en moneda extranjera y reajustes de UF en préstamos. La Corte acogió parcialmente la apelación y consideró acreditado que constituyen gastos necesarios para producir renta, revocando parcialmente la sentencia de primera instancia.
Análisis del SII
La Corte de Apelaciones de Santiago acogió en parte el recurso de apelación interpuesto en contra de la sentencia de primera instancia dictada por el Primer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana, que acogió en parte el reclamo presentado respecto de una liquidación que había determinado diferencias de Impuesto de Primera Categoría, al haberse impugnado algunas cuentas de gasto rebajadas por la contribuyente.
El Servicio de Impuestos Internos desarrolló un proceso de fiscalización con la finalidad de verificar la efectividad de la información consignada por la contribuyente en su declaración de Impuesto a la Renta correspondiente al año tributario 2015, impugnando algunas cuentas de gasto rebajadas. Entre dichas cuentas, se encontraba aquella relativa a pérdida por diferencias de tipo de cambio, originadas en operaciones en moneda extranjera verificadas por la sociedad reclamante con algunos de sus clientes.
La Corte sostuvo que desde el inicio del proceso de fiscalización el reproche del Servicio no solo había estado radicado únicamente en los aspectos técnicos contables de las cuentas, sino también en si la contribuyente cumplía con los requisitos del artículo 31 de la Ley sobre Impuesto a la Renta en cuanto al carácter de necesario del gasto. Al respecto, la sentencia sostuvo que la contribuyente había acompañado, el Balance General, Libro Mayor de las cuentas impugnadas, Libros Mayores de Proveedores y Deudores, y Libros Diarios con los comprobantes contables, los que reflejaban el movimiento de las cuentas impugnadas durante el ejercicio comercial 2014.
Así, la Corte afirmó que correspondía aceptar como gasto necesario para producir la renta del periodo tributario fiscalizado, las sumas consignadas en la partida cuestionada, en tanto la reclamante logró acreditar la efectividad de los cálculos y la existencia de documentación de respaldo de activos y pasivos que generaron las diferencias de tipo de cambio como gasto relacionado con el giro de la empresa. En consecuencia, la Corte adoptó la decisión de revocar parcialmente la sentencia apelada, y modificar el acto impugnado en relación a la cuenta de gastos justificada, indicando que la reclamante pagó la totalidad del impuesto liquidado, encontrándose justificada entonces la devolución parcial pretendida por la reclamante.
Texto de la sentencia
Santiago, veintitrés de junio de dos mil veintidós.
Se reproduce la sentencia en alzada con las siguientes modificaciones:
a) En el motivo Décimo séptimo se elimina el acápite segundo.
b) En el fundamento Décimo octavo se suprime la parte final del párrafo tercero, desde “que, como ya se ha resuelto…” hasta el punto final, agregando a continuación del guarismo “$64.594.543.-” un punto (.).
c) Se suprime el vocablo “Vigésimo” que antecede a “En consecuencia,…”.
Y se tienen en su lugar y además presente:
Primero: Que consta en Hoja de Trabajo anexa a la Liquidación impugnada, que la sociedad reclamante se constituyó en el año 2004, que sus socios son Soluziona Calidad y Mediambiente SL y NORCONTROL S.A. Se lee también que el Servicio impugnó la Declaración Anual de Renta del AT 2015, observándole al contribuyente la determinación de la Renta Líquida Imponible y la pérdida de ejercicios anteriores, y en lo que acá interesa, la partida que es objeto de esta acción, correspondiente a la Cuenta N° 50-80-403 denominada “Pérdida por T/C Mon.Extranjera” por un monto de $622.483.114. El Servicio solicitó acreditar que dicha rebaja cumple los requisitos para ser considerada un gasto necesario para producir la renta de conformidad a lo dispuesto en los artículos 31 y 41, inciso primero, números 4, 5 y 10 de la LIR. La Cuenta incluye diferencias por variación de la Unidades de Fomento generada en el año comercial 2014 correspondiente a una serie de préstamos otorgados por sociedad Applus Chile S.A. y diferencias originadas por el reconocimiento del tipo de cambio fijado al 31 de diciembre de 2014, por facturas de compra como de venta de servicios generados en moneda extranjera.
En respuesta a la Citación el contribuyente explica que el 30 de junio de 2009 la reclamante recibió una oferta de financiamiento por parte de Applus Chile S.A., con tasa TAB de 90 días, más 1,5% anual, reajustable por variación UF y su reembolso sería efectuado al vencimiento de los 10 días a contar de la fecha de su requerimiento por escrito. Así, expone que se apertura una cuenta corriente con el acreedor registrando 6 líneas de financiamiento en las fechas y por los montos siguientes: 6 de julio de 2009 por $164.000.000 (CLP), 18 de octubre de 2012 por $2.000.000 (CLP), 22 de julio de 2013 (CLP), 21 de agosto de 2013 por $70.000.000 (PLP), 26 de septiembre de 2013 (CLP) y 9 de diciembre de 2013 (CLP) y por ello la diferencia de la Unidad de Fomento en el año comercial asciende a $40.360.583.
Texto según el registro del Poder Judicial (juris.pjud.cl), que reemplaza a la transcripción del repositorio del SII en esta ficha.
Normas aplicadas
Descriptores del SII
Pérdida por diferencia de tipo de cambio – Requisitos del gasto – Corrección monetaria – Artículo 31 de la Ley sobre Impuesto a la Renta
La misma causa en primera instancia
Norcontrol Chile SA con Lopez Jofré y Otro
Tribunal rechaza reclamo de Norcontrol Chile S.A. contra liquidación de $428.380.045 por impuesto de Primera Categoría 2015, confirmando agregado de $622.483.114 en pérdida por variación de tipo de cambio.
Cómo resuelve este tribunal
Fallos que aplican las mismas normas
Conpax Energía y Concesiones SpA con Servicio de Impuestos Internos
Gastos no respaldados contablemente en el Libro Diario. La Corte acogió parcialmente el recurso de apelación, dejando sin efecto el agregado fiscal por falta de trazabilidad de fondos y operaciones, aunque rechazó parcialmente otras partidas por insuficiencia probatoria.
Distribuidora Montano S.A. con Servicio de Impuestos Internos
Corte revisa sentencia de Tribunal Tributario sobre devolución de PPM y PPUA por pérdida tributaria del AT 2015. El SII apela cuestionando cálculos de pérdida, procedencia de devoluciones y aplicación normativa; Corte mantiene parcialmente lo acogido en primera instancia con correcciones en fundamentación.
Maderas Marcelo Francisco Zuñiga Lopez EIRL con Servicio de Impuestos Internos
Diferencias de renta según artículo 31 LIR. La Corte de Apelaciones confirmó la sentencia del Tribunal Tributario rechazando el reclamo del contribuyente.
Inversiones Consolidadas Limitada con Servicio de Impuestos Internos
Reclamación tributaria por liquidación de reintegro e impuesto sanción respecto de enajenación de acciones. La Corte de Apelaciones rechazó recursos de casación y apelación, manteniendo la sentencia de primera instancia que acogió parcialmente el reclamo.
Fis Card Processing Services Chile S.A. con Servicio de Impuestos Internos
Corte rechazó apelación de contribuyente contra liquidación de impuesto a la renta 2013 por diferencias en gastos y pérdidas tributarias de arrastre. Se confirmó que contribuyente debe acreditar fehacientemente los gastos conforme artículo 31 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
Textiles Zahr S.A. con Servicio de Impuestos Internos
Rechazo de gastos por Textiles Zahr S.A. La Corte de Apelaciones confirmó la sentencia del tribunal tributario que acogió el reclamo del SII respecto al rechazo de gastos no deducibles conforme a los artículos 21, 31 y 41 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.