Servicios Generales Cerro Colorado LTDA con Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional Metropolitana Santiago Oriente
| Tribunal | Corte de Apelaciones de Santiago |
|---|---|
| Rol | 342-2019 |
| Fecha sentencia | 4 abr 2022 |
| Recurso | Apelación |
| Resultado | HA LUGAR EN PARTE De fallo |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalLa Corte revoca parcialmente la sentencia del Tributario y acoge el reclamo respecto de las gratificaciones ($206.440.879), considerándolas gasto necesario debidamente acreditado con contratos y liquidaciones de sueldo, rechazando la exigencia excesiva de prueba del tribunal inferior.
Hechos
El SII rechazó mediante Liquidación Nº 69-8 de 26.06.2014 tres partidas de gasto: pérdida de ejercicios anteriores ($181.823.534), gratificaciones ($206.440.879) y gastos bancarios ($8.166.955), agregándolas a la renta. El Tribunal Tributario y Aduanero desestimó íntegramente el reclamo del contribuyente Servicios Generales Cerro Colorado Ltda. La empresa apela solicitando la aceptación de gratificaciones y gastos bancarios.
Considerandos clave
El tribunal constata que el Código del Trabajo permite deducir gratificaciones legales (artículos 47 y 50) como gasto necesario para producir renta. Analiza que la controversia no fue sobre el monto sino sobre si fueron efectivamente pagadas y su modalidad, para lo cual eran idóneas liquidaciones de sueldo y contratos de trabajo. Considera que el sentenciador excedió el ámbito de la litis al exigir prueba innecesaria (Libro Mayor, Diario, Inventarios) sobre hechos no controvertidos. Valida que el contribuyente acompañó 286 contratos y liquidaciones que acreditan gratificaciones legales del 25% conforme al artículo 50 del Código del Trabajo. Concluye que el gasto está relacionado con el giro, es necesario y fehacientemente acreditado, por lo que debe aceptarse.
Resolutivo
Se revoca la sentencia del Tribunal Tributario respecto de la partida gratificaciones ($206.440.879), acogiendo parcialmente el reclamo y aceptándola como gasto necesario. Se confirma lo demás de la sentencia anterior. Se ordena al SII cumplir administrativamente la sentencia.
Texto de la sentencia
Santiago, cuatro de abril de dos mil veintidós.
Se reproduce la sentencia en alzada, con las siguientes modificaciones:
- Se elimina el considerando décimo sexto.
- Se reemplaza en el considerando vigésimo la palabra “tres” por “dos” y se elimina la expresión “gratificaciones por $206.440.879”.
Primero: Que la Liquidación Nº 69-8, de 26 de Junio de 2014, reclamada por el contribuyente “Servicios Generales Cerro Colorado Limitada”, no aceptó tributariamente el gasto consignado en el código 634, esto es, pérdida de ejercicios anteriores por la suma de $181.823.534, ni aquéllos contenidos en las cuentas contables denominadas “Gratificaciones”, por un monto de $206.440.879, y “Gastos Bancarios”, por $8.166.955, y procedió a agregarlos a la renta líquida imponible.
El sentenciador rechazó el reclamo deducido por el contribuyente.
En contra de esa decisión se deduce recurso de apelación solicitando se deje sin efecto la referida Liquidación Nº 69-8 respecto de las partidas de “Gratificaciones” y “Gastos Bancarios”.
Segundo: Que en cuanto a la partida “Gratificaciones”, que asciende a un monto de $206.440.879 según balance tributario del ejercicio comercial 2012, fue rechazada por el sentenciador por falta de antecedentes y por no haberse explicado la naturaleza de las mismas.
Cómo resuelve este tribunal
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