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HA LUGAR EN PARTECorte de Apelaciones de Talca · Rol 19-201816 nov 2020

Viña Portal Del Sur S.A con Servicio de Impuestos Internos

TribunalCorte de Apelaciones de Talca
Rol19-2018
Fecha sentencia16 nov 2020
RUC15-9-0001650-0
RecursoApelación
ResultadoHA LUGAR EN PARTE
Resuelve a favor deAmbos, en parte

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

Rechazo de crédito fiscal en devolución de IVA exportador por facturas falsas o no fidedignas. La Corte de Apelaciones de Talca resolvió la apelación del SII contra sentencia que había anulado las partidas 18 y 19 de la liquidación de diferencias de IVA.

Texto de la sentencia

Talca, dieciséis de noviembre de dos mil veinte.

Comparece a fs. 1284 el abogado Carlos Morales Ramírez por el Servicio de Impuestos Internos, en autos sobre Reclamo Tributario, caratulado Viña Portal Del Sur S.A con Servicio de Impuestos Internos-VII Dirección Regional Talca, RUC 15-9-0001650, RIT N° GR.07-00054-2015 y deduce recurso de apelación en contra de la sentencia definitiva dictada por el juez Tributario y Aduanero de la Región del Maule, don Hernán Farías Sepúlveda el 30 de junio de 2018, rolante a fs. 1224 y siguientes, la cual anuló las partidas N°s 18 y 19 de la Liquidación N° 104 de 27 de octubre 2016, emitida por la VII Dirección Regional Talca del Servicio de Impuestos Internos.

En cuanto a sus peticiones concretas, solicita que esta Iltma. Corte revoque la sentencia y confirme íntegramente las señaladas Liquidaciones, que rechazaron el crédito fiscal recargado en las facturas N°110 y N° 20, emitidas por el contribuyente Viña Santa Fé Ltda. y Exportadora Frucol Ltda. respectivamente, confirmándola en lo demás.

Con fecha 17 de agosto de 2018 el abogado de la parte reclamante, don Gonzalo Ferrada Molina se adhiere a la apelación del Servicio de Impuestos y solicita se revoque la sentencia apelada en cuanto rechaza la reclamación deducida en contra de la partida 7 de la Liquidación 101, se la acoja y se anule la partida N°7, con costas.

Mediante resolución de 8 de julio de 2020, se decretó la vista conjunta y simultanea de la causa 19-2018 con la 30-2018.

Se reproduce la sentencia apelada en su totalidad y se tiene además presente.

En cuanto a la apelación del Servicio de Impuestos internos

Primero: Que a fs. 1284, el abogado Carlos Morales Ramírez por el recurrente Servicio de Impuestos Internos, sostiene que con motivo de la solicitud de devolución del IVA Exportador, presentada por la reclamante Viña Portal del Sur. S.A. el 7 de agosto de 2013 y conforme al artículo 36 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, el Servicio luego de analizar la documentación tributaria contable de la empresa rechazó su petición, porque parte del crédito fiscal se encuentra amparado por facturas falsas y/o no fidedignas y/o que no cumplen con los requisitos legales. Refiere que se realizó una fiscalización especial previa FEP de acuerdo con el artículo 5 del D.S. N° 348 de 1975, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, y el 13 de agosto de 2013 se notificó por cédula a la contribuyente para que presentara ciertos antecedentes tributarios contables del periodo febrero a julio de 2013. Posteriormente el Servicio emitió la Resolución Ex N°5723, estableciendo un plazo de 15 días para contestar la citación, la cual se prorrogó por 25 días adicionales.

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el tribunal, en las sentencias de Corte Suprema y Cortes de Apelaciones de esta base.

Conoce Pro

Texto según el registro del Poder Judicial (juris.pjud.cl), que reemplaza a la transcripción del repositorio del SII en esta ficha.

Normas aplicadas

Descriptores del SII

IVA Exportador - Facturas Falsas - Rechazo del Crédito Fiscal IVA - Artículos 23 Nº 5 y 36 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios - Artículo 5 del D.S. 348 de 1975 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción

Cómo resuelve este tribunal

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