Sociedad Comercial Nueva Tolten LTDA con Servicio de Impuestos Internos IX Region
| Tribunal | Corte de Apelaciones de Temuco |
|---|---|
| Rol | 9-2017 |
| Fecha sentencia | 25 oct 2017 |
| Recurso | Apelación |
| Resultado | CONFIRMADA |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalSe confirma sentencia que aceptó reclamo de contribuyente respecto a la imposibilidad del SII de modificar una declaración impositiva tras emitir liquidación, por actuar fuera de la legalidad.
Texto de la sentencia
Temuco, veinticinco de octubre de dos mil diecisiete.
Que compartiendo esta Corte los argumentos vertidos por el a quo en la sentencia en alzada, y considerando que la alegación propiciada por el reclamado en torno a la imposibilidad de modificar una declaración impositiva post emisión de la liquidación por parte del Servicio de Impuestos Internos ha tenido oportunidad de ser abordada por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Arica, mediante sentencia de veintisiete de octubre de dos mil doce, dictada en causa Rol 5-2012, de cuaderno de ingreso Tributario, y por la que se ha razonado en el sentido que la norma prevista en el artículo 36 bis del Código Tributario parte sobre un supuesto fáctico esencial cual es que la actuación del Servicio de Impuestos Internos se haya ajustado a la legalidad, cuyo no es el caso en estos autos, SE CONFIRMA la sentencia apelada de fecha veintitrés de enero de dos mil diecisiete, rolante a fojas ochenta y ocho de estos autos.-
Regístrese y devuélvase con sus agregados.
Redacción de la Ministra Sra. A. Cecilia Aravena López.
Se deja constancia que el Ministro Sr. Luis Troncoso Lagos no firma la sentencia que antecede, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo de la presente causa, por encontrarse ausente.
Cómo resuelve este tribunal
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