Bst Consulting Group S.A. con Servicio de Impuestos Internos
| Tribunal | Corte Suprema |
|---|---|
| Rol | 5289-2010 |
| Corte de origen | Corte de Apelaciones de Santiago |
| Fecha sentencia | 8 oct 2010 |
| Recurso | Casación |
| Sala | Tercera · Constitucional |
| Resultado | NO HA LUGAR Rechaza casacion en el fondo |
| Ministros | Sonia Araneda Briones (redactor) · Héctor Carreño Seaman · Jorge Lagos Gatica · Mónica Maldonado Croquevielle · Pedro Pierry Arrau |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalRechaza casación de BST Consulting por falta de fundamento: no cuestiona las normas decisorias sobre Impuesto de Primera Categoría que rigen el cobro de pagos provisionales.
Hechos
BST Consulting solicitó devolución de $417.995 por Pago Provisional por Utilidades Absorbidas en declaración de renta 2004. SII rechazó devolución alegando acreditación insuficiente de pérdida de ejercicios anteriores (año 1999). Tribunal Tributario rechazó reclamo. Corte de Apelaciones confirmó sentencia de primer grado. Contribuyente recurre de casación en fondo ante Corte Suprema.
Considerandos clave
El Tribunal constata que el recurso denuncia infracciones a artículos sobre plazos de prescripción y formalidades de la resolución exenta, pero omite cuestionar las normas decisorias del pleito relativas al Impuesto de Primera Categoría. Los pagos provisionales mensuales son enteros a cuenta de la obligación tributaria anual que deben efectuar los contribuyentes. Aunque la Corte concordara con los errores de derecho denunciados sobre prescripción y formalidades, estos no influirían en lo dispositivo de la sentencia porque la recurrente no impugnó la equivocada aplicación de normas que autorizan el cobro de la cantidad de impuesto de primera categoría enterada, a pesar de sostener que la obligación fue menor.
Resolutivo
Rechaza el recurso de casación en el fondo por manifiesta falta de fundamento. Queda firme la sentencia de la Corte de Apelaciones de 20 de mayo de 2010 que confirmó el rechazo del reclamo.
Texto de la sentencia
Santiago, ocho de octubre de dos mil diez.
Primero: Que en este juicio especial seguido por don Sebastián Ayub Muñoz en representación de la sociedad ?BST Consulting Group S.A.?
ante el Servicio de Impuestos Internos, XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente, la contribuyente recurre de casación en el fondo contra la sentencia pronunciada por la Corte de Apelaciones de Santiago que confirmó la de primer grado, la cual había rechazado el reclamo interpuesto respecto de la Resolución Exenta N° 215000001521, de 3de enero de 2007, notificada por el Departamento de Fiscalización Masiva del Servicio de Impuestos Internos . Esta última resolución declaró improcedente la devolución de Pago Provisional por Utilidades Absorbidas por el monto de $417.995, solicitado por la recurrente en su Declaración Anual de Impuesto a la Renta correspondiente al año tributario 2004, en atención a que el monto de la pérdida de ejercicios anteriores -a juicio de la autoridad tributaria- no había sido suficientemente acreditada;
Segundo: Que en el recurso se denuncia la infracción a lo dispuesto en los artículos 17 , 59 , 200 y 20del Código Tributario en cuanto éstos regulan los plazos de prescripción dentro de los que el Servicio puede ejercer sus facultades de revisión y fiscalización. Explica que si bien conforme al artículo 3inciso 3 ° de la Ley sobre Impuesto a la Renta el gasto debe acreditarse o justificarse en forma fehaciente, esta obligación es exigible dentro de los plazos de prescripción y por lo tanto el Servicio sólo puede exigirla dentro de los plazos que la ley le fija como límite. En la especie, indica, el Servicio no ejerció su derecho a fiscalizar la primera declaración que incluyó la pérdida tributaria
?correspondiente al año 1999- en los tres años que siguieron a su presentación, sino lo hizo el año 2007, esto es, más de siete años después de efectuada aquélla;
Tercero: Que también acusa la infracción de lo dispuesto en el artículo 6 letra B ) del Código Tributario y artículo 20 del DFL N°7 de Hacienda, pues el fallo recurrido confirma la validez de una resolución exenta que no aparece extendida ni firmada por el Director Regional Metropolitano Santiago Oriente, o en su defecto por el funcionario delegado actuando por ?Orden del Director Regional?, como exige el Código del ramo;
Cuarto: Que de la síntesis del escrito de casación en estudio es posible comprobar sus defectos al prescindir la recurrente y, por lo mismo, no estimar como transgredidas, las normas decisorias de la litis en materia de Impuestos de Primera Categoría. En efecto, los pagos provisionales mensuales consisten en enteros mensuales de impuesto que, a cuenta de la obligación tributaria anual, deben efectuar los contribuyentes ?en este caso- del Impuesto de Primera Categoría;
Quinto: Que estas normas, decisorias del pleito como se ha dicho, no han sido cuestionadas por el recurso, lo que impide que dicha nulidad pueda prosperar. En efecto, aun en el evento que esta Corte concordara en el sentido de haberse producido los errores de derecho que se denuncian, tendría que declarar que éstos no influyen en lo dispositivo de la sentencia, desde que la equivocada aplicación de las normas que autorizan el cobro de la suma pagada por la recurrente -
Normas citadas
Descriptores
Cómo resuelve este tribunal
Fallos que aplican las mismas normas
Comercial Costanera Limitada con Servicio de Impuestos Internos VIII DR Concepcion
Rechazada casación en el fondo por defecto manifiesto: la Corte Suprema confirma que el SII puede revisar pérdidas de arrastre de ejercicios prescritos cuando inciden en impuestos actuales, sin vulnerar plazos de prescripción.
Comercial Vittorio Limitada con Servicio de Impuestos Internos VIII DR Concepcion. Reclamante: Repetto Capponi Enrique
Rechaza casación por manifiesta falta de fundamento: la recurrente cuestiona hechos probados (falta de acreditación de pérdidas) sin denunciar vulneración de reglas de prueba, careciendo la Corte de competencia para alterar los hechos de la causa.
Servicio de Impuestos Internos con Servicios Facility Chile S a
Corte Suprema declara inadmisibles recursos de casación en forma y fondo del SII contra sentencia que rechazó acta denuncia por infracción tributaria, por defectos procedimentales en su interposición.
Inmobiliaria N L S.A. con Servicio de Impuestos Internos **
La Corte Suprema rechaza casación en forma y fondo interpuesta por Inmobiliaria NL S.A., confirmando que la pérdida tributaria de $1.326.282.540 del año 2008 no fue acreditada fehacientemente y que el SII ejerció válidamente sus facultades fiscalizadoras sin incurrir en prescripción.
Comercial los Huertos Limitada con Servicio de Impuestos Internos VIII DR Concepcion
Rechaza casación en el fondo. La Corte confirma que el SII puede revisar pérdidas de arrastre al determinar impuesto actual, sin límite de prescripción, y que la contribuyente no acreditó fehacientemente los gastos conforme al artículo 31 de la LIR.
Comercial Lebu Limitada con Servicio de Impuestos Internos VIII DR Concepcion
Rechaza casación por falta manifiesta de fundamento: la revisión de pérdidas de arrastre no viola prescripción cuando se imputan a impuesto actual, conforme jurisprudencia consolidada de la Corte.