Servicio de Impuestos Internos con Servicios Facility Chile S a
| Tribunal | Corte Suprema |
|---|---|
| Rol | 84782-2016 |
| Corte de origen | Corte de Apelaciones de Santiago |
| Fecha sentencia | 17 nov 2016 |
| Recurso | Casación |
| Sala | Segunda · Penal |
| Resultado | INADMISIBLE Inadmisibles recursos de casación forma y fondo |
| Ministros | Haroldo Brito Cruz · Lamberto Cisternas Rocha · Jorge Dahm Oyarzún · Milton Juica Arancibia · Carlos Künsemüller Loebenfelder |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalCorte Suprema declara inadmisibles recursos de casación en forma y fondo del SII contra sentencia que rechazó acta denuncia por infracción tributaria, por defectos procedimentales en su interposición.
Hechos
El SII dictó acta denuncia N° 04 de 6 de mayo de 2016 en contra de Servicios Facility Chile S.A. por infracción al artículo 97 N° 5 del Código Tributario. El Tribunal Tributario y Aduanero rechazó el acta. La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó tal rechazo. El SII interpuso recursos de casación en forma y fondo ante la Corte Suprema contra la sentencia de la Corte de Apelaciones.
Considerandos clave
En casación en la forma: siendo este un juicio regido por ley especial (Código Tributario), conforme al artículo 768 inciso segundo del CPC, solo proceden determinadas causales de casación en la forma. La causal novena invocada (falta de trámite esencial) no es admisible en juicios tributarios, por lo que el recurso no puede acogerse a tramitación. En casación en el fondo: el recurso adolece de deficiencias sustanciales. El artículo 772 N° 1 del CPC exige que se señalen específicamente los errores de derecho y cómo influyen en lo dispositivo. El escrito impugnado solo cita normas sin desarrollar los errores alegados ni su incidencia en la resolución. Además, no menciona como infringido el artículo 97 N° 5 del Código Tributario, que fue precisamente el fundamento de la determinación que se impugna, faltando así a los requisitos de admisibilidad respecto de normas decisorias litis.
Resolutivo
Se declaran inadmisibles los recursos de casación en la forma y en el fondo deducidos por el SII, quedando firme la sentencia de la Corte de Apelaciones que confirmó el rechazo del acta denuncia.
Texto de la sentencia
Santiago, diecisiete de noviembre de dos mil dieciséis.
1° Que el abogado don Marcelo Moya Cuevas en representación del Servicio de Impuestos Internos dedujo recursos de casación en la forma y en el fondo en contra de la sentencia pronunciada por la Corte de Apelaciones de Santiago que confirmó el fallo de primer grado que rechazó el acta denuncia N° 04 de fecha 6 de mayo de 2016, en contra de Servicios Facility Chile S.A., por infracción al artículo 97 N° 5 del Código Tributario, dejándola sin efecto.
I.- En cuanto al recurso de casación en la forma:
2° Que en lo que dice relación con el recurso de casación en la forma, éste se sustenta en la causal novena del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, por haberse faltado a un trámite esencial.
3° Que el artículo 768 inciso segundo del Código de Enjuiciamiento en lo Civil dispone que En los negocios a que se refiere el inciso segundo del artículo 766 sólo podrá fundarse el recurso de casación en la forma en alguna de las causales indicadas en los números 1º, 2º, 3º, 4º , 6º , 7º y 8º de este artículo y también en el número 5º cuando se haya omitido en la sentencia la decisión del asunto controvertido . El artículo 766, por su parte, alude a las sentencias que se dicten en los juicios o reclamaciones regidos por leyes especiales .
4° Que al tenor de lo expuesto precedentemente y siendo este un juicio regido por ley especial, puesto que se encuentra previsto y reglado por las normas del Código Tributario, no resulta admisible la interposición del recurso de nulidad formal por la causal invocada, por lo que no puede ser acogido a tramitación.
II.- En cuanto al recurso de casación en el fondo:
5° Que por el recurso de nulidad sustantiva se denuncia la infracción de lo dispuesto en los artículos 132 incisos 10 ° y 14 ° y 144 del Código Tributario.
Normas citadas
Descriptores
Cómo resuelve este tribunal
Fallos que aplican las mismas normas
Comercial Costanera Limitada con Servicio de Impuestos Internos VIII DR Concepcion
Rechazada casación en el fondo por defecto manifiesto: la Corte Suprema confirma que el SII puede revisar pérdidas de arrastre de ejercicios prescritos cuando inciden en impuestos actuales, sin vulnerar plazos de prescripción.
Comercial Vittorio Limitada con Servicio de Impuestos Internos VIII DR Concepcion. Reclamante: Repetto Capponi Enrique
Rechaza casación por manifiesta falta de fundamento: la recurrente cuestiona hechos probados (falta de acreditación de pérdidas) sin denunciar vulneración de reglas de prueba, careciendo la Corte de competencia para alterar los hechos de la causa.
Comercial los Huertos Limitada con Servicio de Impuestos Internos VIII DR Concepcion
Rechaza casación en el fondo. La Corte confirma que el SII puede revisar pérdidas de arrastre al determinar impuesto actual, sin límite de prescripción, y que la contribuyente no acreditó fehacientemente los gastos conforme al artículo 31 de la LIR.
Comercial Lebu Limitada con Servicio de Impuestos Internos VIII DR Concepcion
Rechaza casación por falta manifiesta de fundamento: la revisión de pérdidas de arrastre no viola prescripción cuando se imputan a impuesto actual, conforme jurisprudencia consolidada de la Corte.
Termas de Puyehue S.A. con Servicio de Impuestos Internos
Rechaza casación de Termas de Puyehue por desestimar su defensa de prescripción fiscalizadora: el SII puede requerir acreditación de pérdidas de arrastre en años 2003-2004 aunque provenga de ejercicios prescritos, sin vulnerar normas tributarias ni de prueba.
Inversiones Torca Limitada con Servicio de Impuestos Internos
Rechaza casación de contribuyente que cuestionaba rechazo de pérdida tributaria por venta de activo fijo. Tribunal confirma que la transacción constituye condonación de deuda, no gasto deducible, por lo que fallo de instancia fue correcto en derecho.