Inversiones Valle Grande Limitada / Directora Regional Metropolitana Santiago Poniente del Servicio de Impuestos Internos
| Tribunal | Corte Suprema |
|---|---|
| Rol | 9466-2014 |
| Corte de origen | Corte de Apelaciones de Santiago |
| Fecha sentencia | 11 jun 2014 |
| Recurso | Queja |
| Sala | Segunda · Penal |
| Resultado | INADMISIBLE Inadmisible recurso de queja |
| Ministros | Haroldo Brito Cruz · Lamberto Cisternas Rocha · Hugo Dolmestch Urra · Milton Juica Arancibia · Carlos Künsemüller Loebenfelder |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalRechazo de recurso de queja contra resolución de la Corte de Apelaciones que desestimó recurso de hecho en reclamo tributario. La Corte Suprema declaró inadmisible la queja por no ser la resolución recurrida una sentencia definitiva ni interlocutoria.
Texto de la sentencia
Santiago, once de junio de dos mil catorce.
Que se ha deducido recurso de queja para corregir las supuestas faltas o abusos graves cometidos por los integrantes de una sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, con la dictación de la resolución de 17 de abril de 2014, que rechaza el recurso de hecho impetrado contra la resolución dictada por el Director Regional del Servicio de Impuestos Internos que no acogió a tramitación la apelación interpuesta en el marco de un procedimiento general de reclamación del T. II, L. III del Código Tributario, decisión que no comparte la naturaleza de aquellas que hacen procedente el recurso de queja intentado, de conformidad al artículo 545 , inciso 1 ° , del Código Orgánico de Tribunales, al no corresponder a una sentencia definitiva ni interlocutoria, esto último, por cuanto no establece derechos permanentes a favor del reclamante ni de la reclamada -la facultad de Tesorería, en su caso, para girar el tributo, nace antes con el rechazo del reclamo-, ni resuelve sobre algún trámite que deba servir de base al pronunciamiento de una sentencia posterior, sea definitiva o interlocutoria.
Y visto además, lo dispuesto en el artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja interpuesto en lo principal de fs. 3.
Al primer otrosí: téngase por acompañado. Al segundo: estese a lo resuelto. Al tercero: téngase presente.
Resolviendo a fs. 19, A lo principal y otrosíes: téngase presente.
Rol N° 9.466-14 Pronunciado por la Segunda Sala integrada por los Ministros Sres. Milton Juica A., Hugo Dolmestch U., Carlos Künsemüller L., Haroldo Brito C. y Lamberto Cisternas R.
Autorizada por la Ministro de Fe de esta Corte Suprema.
En Santiago, a once de junio de dos mil catorce, notifiqué en Secretaría por el Estado Diario la resolución precedente.
Normas citadas
Descriptores
Cómo resuelve este tribunal
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Rechaza queja contra Tribunal de Alzada, pero invalida de oficio su sentencia por error de derecho: la interpretación restrictiva del artículo 4° Ley 17.235 privó al contribuyente de revisar correspondencia entre avalúo y costos reales de edificación.
Servicio de Impuestos Internos (/tribunal Especial de Alzada de Bienes Raíces de la Segunda Serie)
La Corte rechaza la queja del SII contra el Tribunal de Alzada porque la disconformidad con la interpretación jurídica sobre clasificación de inmuebles no constituye falta o abuso grave que justifique medida disciplinaria.
Arauco Malls Chile S.A. ( con Servicio de Impuestos Internos)
Corte Suprema acoge queja contra Tribunal de Alzada que revocó fallo favorable al contribuyente. Tribunal recurrid cometió falta grave al validar método de comparación de bienes para fijar avalúo, vulnerando artículo 4° Ley 17.235 que limita criterios a ubicación, urbanización y equipamiento.
Oyanader Morales Gonzalo (/vilches)
La Corte Suprema acoge recurso de queja y anula resoluciones que declararon incompetencia del juzgado laboral, estimando que la demanda por descuentos indebidos a remuneraciones es de competencia laboral conforme al artículo 420 letra a) del Código del Trabajo, no tributaria.
Servicio de Impuestos Internos (/tribunal Especial de Alzada Segunda Serie Iquique)*
Se rechaza queja del SII contra sentencia de la Corte de Apelaciones que revocó el reavalúo fiscal de construcciones, clasificándolas como galpones de calidad 4 conforme a normas municipales, por no constituir falta o abuso grave sino legítima diferencia interpretativa sobre aplicación del artículo 149 del Código Tributario.
Servicio de Impuestos Internos (/tribunal Especial de Alzada Segunda Serie Iquique)*
Se rechaza queja del SII contra sentencia del TEA que revocó avalúo fiscal de construcciones, clasificándolas como galpones de calidad 4. La Corte estima que la diferencia interpretativa sobre normas tributarias no configura falta o abuso grave.