Rechazo de inaplicabilidad por falta de fundamento plausible
| Tribunal | Tribunal Constitucional |
|---|---|
| Rol | 14083 |
| Competencia | Inaplicabilidad de Precepto Legal (Art. 93 N° 6 - INA) |
| Fecha sentencia | 12 abr 2023 |
| Sala | Segunda |
| Resultado | INADMISIBLE según la lectura de BuscadorTributario |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalSe rechaza la admisibilidad del requerimiento de inaplicabilidad del artículo 149, incisos segundo y final, del Código Tributario, por falta de fundamento plausible. La requirente buscaba dejar sin efecto la norma que le permite reclamar el avalúo mientras eliminaba límites a causales diferentes, lo que el Tribunal Constitucional declaró contradictorio y ajeno a conflicto constitucional.
Normas
Gestión pendiente
Proceso RIT N° AB-02-000031-2022, RUC N° 22-90000972-0, seguido ante el Tribunal Tributario y Aduanero de la Región de Tarapacá;
La causa en la que el requerimiento buscaba surtir efecto.
Texto de la sentencia
Santiago, doce de abril de dos mil veintitrés.
A fojas 38, a lo principal, segundo y tercer otrosíes, téngase presente; al primer y cuarto otrosíes, por acompañados.
A fojas 51, a lo principal, por evacuado el traslado; al otrosí, no ha lugar.
1º. Que esta Sala admitió a tramitación el presente requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, deducido por Inversiones Marshall Limitada respecto del artículo 149, incisos segundo y final, del Código Tributario, en el proceso RIT N° AB-02-000031-2022, RUC N° 22-90000972-0, seguido ante el Tribunal
Tributario y Aduanero de la Región de Tarapacá;
2º. Que, para pronunciarse sobre la admisibilidad del requerimiento, la Sala confirió traslado por el plazo de diez días a las demás partes en la gestión sublite;
3º. Que esta Sala ha arribado a la conclusión de que, en la especie, concurre la causal de inadmisibilidad del requerimiento prevista en el numeral 6° del artículo
84 de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional -en relación con el artículo 93, inciso undécimo, de la Constitución Política-, ya que el requerimiento de fojas 1 adolece de falta de fundamento plausible;