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Tribunal · solo Pro
SOC. COMERCIAL Y DE SERVS. WEBPCX INGENIERIA LTDA. con SII
Fecha: 11-03-2025 · Materia: Liquidación
ACOGE
Se ratifica caución y resolución del SII que otorga condonación total de intereses y multas conforme a artículo duodécimo transitorio de Ley N°21.713, poniendo término a gestión judicial.
WEBPCX INGENIERÍA LTDA. interpuso Nulidad de Derecho Público y en subsidio Reclamo General Tributario contra Liquidaciones N°47 a 51 emitidas por SII Unidad San Antonio. El SII emitió Resolución EX. N°77325133572 del 05.03.2025 verificando cumplimiento de requisitos para acceder a condonación total de multas e intereses conforme Ley N°21.713. La empresa ofreció caución mediante Depósito a la Vista Nominativo del Banco de Chile N°3 por $46.806.208, equivalente al 30% de impuestos disputados reajustados.
El artículo duodécimo transitorio de Ley N°21.713 permite a contribuyentes con gestiones judiciales pendientes por reclamos ante Tribunales Tributarios, entre el mes siguiente a su publicación (24.10.2024) y 31.12.2024, reconocer la deuda reajustada y obtener condonación total de intereses y multas. El SII tiene tres meses para verificar cumplimiento formal de requisitos y suficiencia de caución, dictando resolución que ingresa al tribunal. Una vez ingresada la resolución, ratificada la caución ante tribunal y levantada acta dentro de quinto día, se pone término a gestiones judiciales consider
Se ratifica la caución ofrecida y la Resolución EX. N°77325133572 del SII, considerándose la presente acta como sentencia ejecutoriada para todos los efectos legales conforme artículo duodécimo transitorio de Ley N°21.713, poniendo término al procedimiento.
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SOC. COMERCIAL Y DE SERVS. WEBPCX INGENIERIA LTDA.
RUT N° 76.112.932-5
ACTA ARTÍCULO DUODÉCIMO TRANSITORIO LEY N°21.713.
Valparaíso, doce de marzo de dos mil veinticinco.
VISTO Y CONSIDERANDO:
1. Que a fojas 1 y siguientes compareció don Alejandro Enrique
Ramírez Valdivia, abogado, RUT Nº 8.726.933- 7, en representación de SOCIEDAD
COMERCIAL Y DE SERVICIOS WEBPCX INGENIERÍA LIMITADA, RUT Nº 76. 112.932-5, ambos domiciliados para estos efectos en calle Arturo Phillips N°325, local 3, San Antonio, comuna de Santo Domingo, Región de Valparaíso, quien interpuso Nulidad de Derecho Público y, en subsidio, Reclamo General Tributario, ambas acciones dirigidas en contra de las Liquidaciones N°47 a 51, emitidas por la Unidad de San Antonio de la Dirección Regional de Valparaíso del Servicio de Impuestos Internos.
2. Que con fecha 06.03.2025, la abogada doña Chantal Ronzier
Maggiolo, en representación de la parte reclamada, dio cuenta que el Sr. Director Regional (S) de la V Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos, emitió el día 05.03.2025 recién pasado, la Resolución EX. N° 77325133572 /, mediante la cual se ha verificado el cumplimiento de las exigencias, para que proceda el beneficio establecido en el artículo duodécimo transitorio de la Ley N° 21.713, de 2024, consistente en la condonación total de las multas e intereses al que acceden los montos determinados en las Liquidaciones N°47 a 51, de fecha 28.07.2023.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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