Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal · solo Pro
COMERCIAL MARCHIGUE S.A. con SII
Fecha: 31-07-2015 · Materia: Liquidación · Juez: Francisco Javier Orellana Rivera
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de Comercial Marchigue contra liquidación por diferencias de Primera Categoría 2010. Se desestiman alegaciones sobre prescripción, falta de fundamentación y beneficio del artículo 18 ter LIR por insuficiencia probatoria.
Comercial Marchigue presentó declaración de renta el 30.04.2010 por año tributario 2010. El SII formuló observaciones sobre dividendos, crédito por contribuciones y ganancia de capital en enajenación de acciones. Citó a comparendo el 22.04.2013 solicitando contabilidad completa, libro FUT, comprobantes de contribuciones y facturas de compra-venta de acciones. Contribuyente aportó parcialmente los antecedentes entre 22.05.2013 y 15.08.2013. El SII emitió Liquidación N°170 por $703.867.280 el 31.07.2013.
El tribunal establece que la liquidación se dictó dentro del plazo de prescripción de tres años y tres meses (artículo 200 CT), contando correctamente desde el 2 de mayo 2013. Rechaza falta de fundamentación por cuanto la actuación fue desplegada dentro de procedimiento administrativo informando específicamente causas y antecedentes requeridos. Respecto al crédito por contribuciones, la reclamante no aportó contabilidad completa y fidedigna exigida por ley, siendo insuficientes los antecedentes parciales. En cuanto al artículo 18 ter, aunque las acciones cumplían requisitos formales, falta res
Rechaza el reclamo en todas sus partes. Mantiene a firme la Liquidación N°170 del SII. No se condena en costas por existir motivo plausible para litigar.
1
COMERCIAL MARCHIGUE S.A.
RUT N° 79.934.710-5
Valparaíso, treinta y uno de julio de dos mil quince.
VISTO:
Que a fojas 1 y siguientes compareció don Francisco Hurtado
Sotomayor, abogado, RUT N° 9.990.394-5, en representación de COMERCIAL
MARCHIGUE S.A. , RUT N° 79.934.710-5, ambos con domicilio en calle Eucaliptus 61 ,
oficina 94 , comuna de Santo Domingo, V Región, quien interpuso Reclamo General
Tributario en virtud de las siguientes consideraciones:
1. Indica que con fecha 31.07.2013 , el Ser vicio de Impuestos
Internos le notificó Liquidación N°170 , por un monto de $703.867.280 , correspondiente a
diferencias de Impuesto de Primera Categoría con origen en declaración del Formulario 22,
Folio N°94115460, del año Tributario 2010.
2. En primer l ugar alega la prescripción de la Liquidación
indicada, toda vez que el plazo de tres años y tres meses se habría cumplido el 30 de julio
de 2013 y no el día 31 del mismo mes.
3. En segundo lugar, alega falta de motivación de la Liquidación,
ya que ésta establece una serie de afirmaciones sin fundamento, entre otras , al señalar
que los antecedentes aportados no fueron suficientes para desvirtuar las inconsistencias de
la declaración de renta, añadiendo que el Servicio no indica la razón y forma de determinar
las diferencias y agregados.
4. En cuanto al uso de crédito por contribuciones, por la suma de
$6.252.957, señala que no comprende de d ónde se obtiene la diferencia de $407.436 que
contiene la liquidación.
5. En cuanto al mayor valor en Venta de Acciones , alega que
todas las operaciones de la contribuyente fueron ventas del artículo 18 Ter de la Ley de la
Renta y que no comprende la diferencia de $2.401.915.481 contenida en la liquidación.
6. Conforme todo lo anterior, s olicita acoger el reclamo en todas
sus partes, dejando sin efecto la Liquidación, con costas.
Que a fojas 30 y siguientes comparece doña Otty Vivanco Jiménez,
Directora Regional (S), en representación de la V DIRECCIÓN REGIONAL DEL SERVICIO
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
Todos los fallos que publican los Tribunales Tributarios y Aduaneros, junto a las sentencias de Cortes de Apelaciones y Corte Suprema y los oficios, circulares y resoluciones del SII, fáciles de encontrar para tu caso. Actualizado a diario.
Acceso ilimitado a la jurisprudencia que necesitas.
Busca, abre y descarga todos los fallos que haga falta, sin límite.
Sentencias tributarias de segunda instancia y casación, y los requerimientos de inaplicabilidad sobre preceptos tributarios.
Cargando el buscador…
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre más de 4.000 oficios, 830 circulares y 1.600 resoluciones del SII. Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.