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Tribunal · solo Pro
PINTO MATULIC con SII
Fecha: 18-10-2022 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola · Juez: César Manuel Verdugo Reyes
ACOGEAvalúo +100M Ha Lugar Modificatorio
Tribunal acoge reclamo de avalúo por infracorrección de coeficiente. Ordena aplicar factor de corrección 0,1 a propiedad con destino equipamiento en zona de riesgo, que no fue considerado en reavalúo 2022.
Andrés Felipe Pinto Matulic es propietario de inmueble ubicado en Mario Albánez M. 1605, La Serena (ROL 2484-196), de 2.595 m² con destino exclusivo equipamiento deportivo (canchas y camarines), ubicado en zona de riesgo (ZRA). El SII aumentó el avalúo fiscal de $149.967.296 (segundo semestre 2021) a $658.277.449 (primer semestre 2022), incremento de $508.310.153 (330% anual). El inmueble forma parte del Proyecto Inmobiliario La Hacienda-Segunda Etapa, aprobado con destinación a equipamiento urbano, teniendo prohibición de construir viviendas.
El Tribunal validó la determinación del área homogénea HMB138 y tabla de precios, pero encontró que el SII no aplicó coeficientes correctores para características particulares del predio. El inmueble escapa del tipo predominante del área (habitacional), tiene destino equipamiento y está en zona de riesgo con más del 75% de prohibición de edificar según instrumento de planificación territorial. La Resolución Exenta SII N°143/2021 establece aplicación de coeficientes correctores excepcionales para minusvalías objetivamente acreditadas no consideradas en el área homogénea. El Jefe de Avaluaciones
Se rechaza la demanda de nulidad del proceso de reavalúo. Se acoge el reclamo del avalúo. Se ordena aplicar factor de corrección de 0,1 al avalúo de la propiedad ROL 2484-196, de conformidad con normas de coeficiente excepcional por prohibición de edificar en más del 75%. Sin condena en costas al SII por tener motivos plausibles para litigar.
RESUMEN:
PARTES: ANDRÉS FELIPE PINTO MATULIC CON SERVICIO DE IMPUESTOS
INTERNOS
RUC N°: Rol · solo Pro
RIT: Rol · solo Pro
MATERIA: TASACIÓN GENERAL BIEN RAÍZ NO AGRICOLA.
PROCEDIMIENTO: Reclamo de los avalúos de bienes raíces.
CUANTÍA: 8.831,42 UTM.
La Serena, dieciocho de octubre de dos mil veintidós.
VISTOS:
Que a fojas 17 y siguientes, con fecha tres de junio de 2022, comparece doña María Alejandra Espinoza Portilla, abogada, Rut 10. 775.980-8, en representación convencional de Andrés Felipe Pinto Matulic, agente comercial , RUT 16.832.784-6, ambos con domicilio para estos efectos en Avenida Juan Cisternas 2497, Oficina 305, comuna y ciudad de La Serena, indicando que de acuerdo a lo contemplado en la Ley N°20.322, artículo 1, número 8, viene en deducir nulidad en contra del proceso de reevaluó del año 2022, en relación con los fundamentos de hecho y derecho que expone:
Plantea que, durante el mes de abril del presente año su representado tomó conocimiento del proceso de reevaluó debido a que en la página web del Servicio se estableció un informativo sobre dicho proceso en que se permitía el avaluó de los inmuebles de su propiedad.
Señala que, al consultar la propiedad ubicada en Mario Albánez M. 1605, ROL n° 2484-196 de La Serena, quedó impactado con el aumento desmesurado del avalúo fiscal que experimentó su propiedad y al revisar la carta de aviso disponible en el mismo sitio no existían antecedentes claros y suficientes que permitieren entender las razones del aumento de valor de un período a otros.
Sostiene que, s i bien según el artículo 4 N°2 de la Ley N°17.235 sobre Impuesto Territorial, para el proceso de reevalúo de bienes raíces vigente, el Servicio de Impuestos Internos ha sectorizado cada comuna del país en Áreas
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
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