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Tribunal · solo Pro
VELASCO BARRAZA con SII
Fecha: 31-05-2023 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola · Juez: César Manuel Verdugo Reyes
ACOGE Anulado Ha Lugar
Tribunal acoge nulidad parcial del reavalúo por falta de fundamentación en la determinación del valor unitario de terreno del área homogénea CMB015, reduciendo el incremento a máximo 20% respecto del avalúo anterior.
Carlos Velasco Barraza reclama el reavalúo de su propiedad ubicada en calle Balmaceda 2271, rol 167-30, La Serena. El avalúo aumentó en $323.031.576 (41,4%) entre el 31 de diciembre de 2021 y el 1 de enero de 2022. El valor metro cuadrado de terreno del área homogénea CMB015 fue fijado en $360.946/m², versus $192.315/m² en el reavalúo 2018 (incremento de 87,7%). Además, alega que la propiedad tiene una servidumbre que afecta el 23,8% de su superficie, requiriendo aplicar coeficiente excepcional de 0,75 no considerado.
El Tribunal reconoce que el proceso de reavalúo debe ajustarse a criterios objetivos y corresponder a la realidad, conforme a lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 17.235 y Resolución Ex. 143/2021. Los actos administrativos gozan de presunción de legalidad, pero su validez depende de que se ajusten al ordenamiento jurídico. El Tribunal verifica que el SII utilizó solo 6 muestras de transferencias para determinar el valor del área homogénea CMB015; sin embargo, constata que tres de esas propiedades (roles 230-191, 242-13 y 2150-14) se encuentran emplazadas en otras áreas homogéneas (CMB202 y
Se acoge la solicitud de nulidad parcial. Se deja sin efecto la fijación del valor del metro cuadrado para el área homogénea CMB015 respecto de la propiedad rol 167-30, aplicándose como nuevo valor el del reavalúo anterior (vigente 31 de diciembre de 2021) más un 20%, con vigencia desde el 1 de enero de 2022. No se condena en costas al SII por haber tenido motivo plausible para litigar.
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RESUMEN:
PARTES: Carlos Velasco Barraza con Servicio de Impuestos Internos
RUC N°: Rol · solo Pro
RIT: Rol · solo Pro
MATERIA: Reavalúo de bien raíz no agrícola
PROCEDIMIENTO: Reclamo de los Avalúos de BBRR
CUANTÍA NETA : 5.477,17 UTM
MULTA : 0 UTM
REAJUSTE : 0 UTM
INTERESES : 0 UTM
CUANTÍA BRUTA : 5.477,17 UTM
La Serena, treinta y uno de mayo de dos mil veintitrés.
VISTOS:
Que a fojas 9 y siguientes, con fecha 3 de enero de 202 3, comparece don CARLOS ABDON AGUSTIN VELASCO BARRAZA, chileno, factor de comercio, Cédula Nacional de Identidad N°4.576.926 -7, con domicilio para estos efectos en Loteo Encomendero Amoldo Vásquez, casa 81, Cerro Grande, La Serena, señalando que, según lo dispuesto por el artículo 1º número 8 de la ley N° 20.322, viene en deducir nulidad en contra del proceso de reavalúo del año 2022 , en relación a los fundamentos de hecho y derecho que pasa a exponer:
Indica que, para la tasación de los bienes raíces de la segunda serie, señala la Ley de Impuesto Territorial que se confeccionarán tablas de clasificación de las construcciones y de los terrenos y se fijarán los valores unitarios que correspondan a cada tipo de bien. La clasificación de las construcciones se basará en su clase y calidad y los valores unitarios se fijarán , tomando en cuenta, además, sus especificaciones técnicas, costos de edificación, edad, destino e importancia de la comuna y de la ubicación del sector comercial. Las tablas de valores unitarios de terrenos se anotarán en planos de precio s y considerando los sectores de ubicación y las obras de urbanización y equipamiento de que disponen, cuyo proceso y la información indicada se encuentra disponible en el portal dispuesto para tal efecto en la página web del Servicio 2 de Impuestos Internos.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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