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Tribunal · solo Pro
OLIVARES TIRADO con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 29-10-2013 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola · Juez: cesar_verdugo_reyes
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo por re-avalúo de terreno eriazo en La Puntilla, Coquimbo. El Tribunal confirma el avalúo de $74.487.276 fijado por el SII, por aplicación correcta de tablas de clasificación y área homogénea XMB112.
Erick Ramón Olivares Tirado reclama el avalúo fiscal del inmueble Rol 887-244, ubicado en Alonso de Ercilla 1199, sector La Puntilla, Coquimbo. El SII tasó la propiedad en $74.487.276 a partir del 1 de enero de 2013, representando un incremento de 113% respecto del avalúo de 2012 ($34.921.409). El reclamante alega que el sector carece de urbanización básica: sin pavimentación, alcantarillado, alumbrado público, locomoción colectiva, servicios públicos, siendo un área abandonada. Sostiene que la aplicación de las tablas de clasificación fue errónea para un terreno de 5.319 m² ubicado en tercera
El Tribunal establece que corresponde al contribuyente probar que la actuación del SII es equivocada, conforme la presunción de legalidad administrativa. Determina que el re-avalúo se efectuó conforme a Leyes 17.235, 20.455 y 20.650, mediante Resolución Exenta 132/2012 que fija valores unitarios por área homogénea con ajustes por coeficientes. Analiza que el predio se ubica en área homogénea XMB112 con valor $15.560/m², aplicándose coeficiente corrector 0.90 por exceso de superficie (5.319 m² superando máximo de 3.000 m²). Rechaza que características comunes del sector (falta de servicios) con
Se rechaza el reclamo. Se confirma el avalúo fiscal de $74.487.276 fijado por el SII para el inmueble Rol 887-244. No se condena en costas por motivos plausibles para litigar. Se notifica por carta certificada y publicación en sitio web del Tribunal.
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RESUMEN:
PARTES: ERICK RAMÓN OLIVARES TIRADO CON SERVICIO DE IMPUESTOS
INTERNOS
RUC N°: Rol · solo Pro
RIT: Rol · solo Pro
MATERIA: Modificación General de Avalúo de Bien raíz
La Serena, veintinueve de octubre de dos mil trece.
VISTOS:
Que a fojas 19, con fecha 10 de mayo del año 2013, ERICK
RAMÓN OLIVARES TIRADO , Rut N°8.757.417 -2, médico, domiciliado en calle J.J.
Pérez 4430, sector Peñuelas , comuna de Coquimbo, dentro del plazo legal, viene en deducir reclamación en contra del avalúo asignado al inmueble de su propiedad, Rol 887-244, ubicado en calle Alonso de Ercilla n° 1199 (Lote 11, sitio 92), sector La Puntilla de La Herradura , comuna de Coquimbo, en el proceso de tasación general, con vigencia 1 de enero de 2013, realizado de conformidad a lo previsto por el artículo 3° de la Ley N°17.235, sobre Impuesto Territorial, en relación con las Leyes N°20.455 y N°20.650; basado en la causal considerada en el N° 2 del artículo 149 del Código Tributario, esto es, que ha existido aplicación errónea de las tablas de clasificación respecto del bien gravado, o de una parte del mismo así como la superficie de las diferentes calidades de terreno; solicitando que se modifique el avalúo fijado en los términos que expresa y en base a los siguientes fundamentos.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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