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Tribunal · solo Pro
AGRICOLA Y COMERCIAL DEL VALLE SPA con SII
Fecha: 29-12-2022 · Materia: Liquidación · Juez: Hernán Enrique Farías Sepúlveda
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge reclamación por extemporaneidad en citación fiscal. SII excedió plazo de 6 meses establecido en Ley 18.320 para citar, liquidar o girar impuestos, viciando nulidad pública las liquidaciones.
Agrícola y Comercial del Valle SPA fue fiscalizada por SII mediante notificación 1178 del 12.03.2019, con plazo de entrega de documentos hasta 15.04.2019. La Citación 7 se notificó el 12.11.2020, aproximadamente 19 meses después del vencimiento del plazo para presentar antecedentes. Esto originó Liquidaciones 1 a 29 de 08.04.2021, que objetaban operaciones de compra-venta de frutas por defectos en proveedores.
El tribunal estableció que el numeral 4° del artículo único de Ley 18.320 establece un plazo fatal de 6 meses para que el SII cite, liquide o gire impuestos, contado desde el vencimiento del término para presentar antecedentes. Este plazo es vinculante en todas las circunstancias, incluso cuando concurren hipótesis del numeral 3° (ampliación de períodos revisables). La Citación 7 fue notificada 19 meses después del vencimiento legal, excediendo el plazo fatal. Esto constituye vulneración a principios de legalidad y juridicidad (arts. 6° y 7° CPR), generando vicio de nulidad de derecho público.
Se acoge la reclamación y se declaran nulas las Liquidaciones 1 a 29 de 08.04.2021, por haber sido notificada la Citación 7 vencido el plazo fatal de 6 meses establecido en el artículo único de Ley 18.320.
“AGRÍCOLA Y COMERCIAL DEL VALLE SPA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Rol · solo Pro
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Talca, veintinueve de diciembre de dos mil veintidós.
VISTOS:
A fojas 63 y siguientes, complementado con presentación de fojas 99, comparece don GONZALO FERRADA MOLINA, RUT N°9.460.424-9, abogado, en representación de la contribuyente AGRÍCOLA Y COMERCIAL DEL VALLE SPA, RUT N° 76.086.971-6, con domicilio para estos efectos en calle Chacabuco N°855, Linares, quien interpone reclamo tributario conforme al Procedimiento General de Reclamaciones, contemplado en el artículo 123 y siguientes del Código Tributario, en contra de las Liquidaciones Nos. 1 a 29, todas de fecha 08.04.2021, emitidas por la VII Dirección Regional Talca del Servicio de Impuestos Internos. Solicitando que, en base a los fundamentos de hecho y de derecho que a continuación se expondrán, se declare la inoponibilidad de las liquidaciones reclamadas por haberse efectuado vencido el plazo de 6 meses establecido en el artículo único de la Ley N° 18.320. En subsidio de lo anterior, solicita que se declare la prescripción de los impuestos referidos a los períodos comprendidos en las Liquidaciones 1 y 2; y, en subsidio de todo lo anterior, que se declare la nulidad de las liquidaciones por tratarse de operaciones fidedignas, reales y carecer de fundamentos, con expresa condenación en costas.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
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