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Tribunal · solo Pro
HERNÁNDEZ ROJAS con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 31-08-2018 · Materia: Liquidación · Juez: Hernán Enrique Farías Sepúlveda
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamación contra liquidación de impuestos por prescripción de acción fiscalizadora, debido a notificación inválida de citación en domicilio no vigente del contribuyente.
Víctor Hugo Hernández Rojas, contribuyente del régimen simplificado, modificó su domicilio tributario mediante formulario 3239 del 05.10.2016, dejando sin efecto el domicilio anterior. El SII, mediante Citación N° 144507153 de 08.11.2016, requirió documentación relativa a la declaración de renta 2014, pero la carta certificada fue despachada al domicilio cerrado (O'Higgins N° 968), no al nuevo domicilio (Avda. O'Higgins, Hijuela 3). La carta nunca llegó al contribuyente, quien por tanto no respondió. Posteriormente, el 16.05.2017, se emitió Liquidación N° 407301000166 determinando diferencias
El Tribunal determina que la notificación de la Citación fue inválida, pues se realizó en un domicilio que el contribuyente había cerrado expresamente e informado al SII. La carta certificada nunca fue entregada y fue transferida a Planta Santiago de Correos. El contribuyente acreditó haber comunicado válidamente su nuevo domicilio. La notificación inválida causó perjuicio al contribuyente, quien no pudo responder ni aclarar su situación tributaria. Al ser inválida la Citación, no tiene efecto de ampliar los tres años de plazo de prescripción ordinaria conforme al artículo 200 CT. La Liquidaci
Se acoge la reclamación tributaria interpuesta contra la Liquidación N° 407301000166 de 16.05.2017, dejándola sin efecto por prescripción de la acción fiscalizadora. No se condena en costas por motivos plausibles para litigar.
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“HERNÁNDEZ ROJAS, VÍCTOR con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Rol · solo Pro
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Talca, treinta y uno de agosto de dos mil dieciocho.
VISTOS:
A fojas 14 y siguientes, comparece don ALEXIS FABIÁN CASTILLO ALARCÓN, RUT N° 13.790.776-3, abogado, domiciliado en 3 Oriente N° 1693, de la ciudad de Talca, en representación de l contribuyente don VÍCTOR HUGO HERNÁNDEZ ROJAS , RUT N° 14.388.373-6, domiciliado en Avda. O´Higgins sin número, parte Hijuela 3, de la comuna de Colbún, Provincia de Linares , quien interpone reclamo conforme al Procedimiento General de Reclamaciones, contemplado en el artículo 123 y siguientes del Código Tributario, en contra de la Liquidación N° 407301000166 , de fecha 16.05.2017, emitida por la VII Dirección Regional Talca del Servicio de Impuestos Internos (S.I.I.), que determinó diferencias de Impuesto Global Complementario y de Impuesto de Primera Categoría, correspondientes al año tributario 2014, por la s sumas totales de $ 1.194.580.- y $36.202.146. -, respectivamente, sustentadas en agregados por subdeclaración de ingresos, actuaciones que solicita se dejen sin efecto.
Fundamentando su presentación, señala que en la liquidación se ha objetado la base imponible declarada en el año tributario 2014, en su calidad de contribuyente del régimen simplificado establecido en el artículo 14 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
Al respecto, alega que el proceso de fiscalización se encuentra viciado de nulidad, quedando el contribuyente reclamante en un pie de manifiesta indefensión, debido a la situación que describe a continuación.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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