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Tribunal · solo Pro
ROJAS ARAYA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 31-12-2018 · Materia: Liquidación · Juez: Hernán Enrique Farías Sepúlveda
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamación tributaria de contribuyente contra liquidaciones por diferencias de Impuesto a la Renta, confirmando actos del SII por ajustarse a presupuestos legales.
Juan Carlos Rojas Araya, dedicado a preparación de terreno, excavaciones y transporte, fue requerido por el SII mediante notificaciones para presentar documentación contable de los años 2013-2015. El contribuyente fue excluido del régimen optativo del artículo 14 bis a partir de 2014, quedando obligado a tributar bajo régimen general de renta efectiva. Se emitió Citación N° 94 de 22.10.2015 para aclarar declaraciones. El contribuyente respondió el 23.12.2015 acompañando antecedentes y rectificatorias. El SII emitió Liquidaciones Nos. 791 a 797 de 31.08.2016 determinando diferencias por $69.117
El tribunal estima que en juicios tributarios la litis se determina por las alegaciones planteadas por ambas partes. Respecto de la alegada falta de concordancia entre citación y liquidación, el tribunal sostiene que no hay impedimento legal para que una liquidación funde su pretensión en razones distintas a la citación, ya que esta última tiene por finalidad que el contribuyente presente nuevos antecedentes que pueden originar modificaciones en las diferencias de impuesto. La liquidación puede establecer conclusiones distintas a la citación precedente. El SII actuó conforme a los artículos 24
Rechaza la reclamación tributaria interpuesta por el contribuyente, confirmando las Liquidaciones Nos. 791 a 797 de 31.08.2016. No se condena en costas estimando que el reclamante tuvo motivos plausibles para litigar.
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“ROJAS ARAYA, JUAN CARLOS con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Rol · solo Pro
Rol · solo Pro
Talca, a treinta y uno de diciembre de dos mil dieciocho.
VISTOS:
A fojas 50 y siguientes, comparece don HERNALDO ANTONIO CARTES MOYA, RUT N° 16.250.375-8, abogado, en representación del contribuyente JUAN CARLOS ROJAS
ARAYA, RUT N° 9.077.357-7, del giro preparación de terreno, excavaciones y movimiento de tierra, obras menores en construcción, venta al por mayor de otros productos, transporte de carga por carretera, alquiler de autos y camionetas sin chofer, alquiler de otros tipos de maquinarias y equipos, ambos domiciliados para estos efectos en calle 19 Poniente con 19 Sur N° 0232, Galilea E, de la ciudad y comuna de Talca, quien conforme al Procedimiento General de Reclamaciones, contemplado en los artículos 123 y siguientes del Código Tributario, interponen reclamo tributario en contra de las Liquidaciones Nos. 791 a 797 , de fecha 31.08.2016, emitida s por la VII Dirección Regional Talca del Servicio de Impuestos Internos (S.I.I.), las cuales determinaron diferencias de Impuesto a la Renta de la Primera Categoría, respecto de los años tributarios 2014 y 2015; de Impuesto Global Complementario correspondiente a los años tributarios 2014 y 2015; y Reintegros del artículo 97 de la Ley sobre Impuesto a la Renta , en los períodos de mayo de 2013, junio 2014 y marzo de 2016 ; cuyo monto total, incluidos los recargos legales , asciende a la suma de $ 69.117.566, por los fundamentos que se exponen a continuación.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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