Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal · solo Pro
INVERSIONES CORDOVA BELMAR Y COMPANIA LIMITADA con SII
Fecha: 09-01-2023 · Materia: Liquidación; Resolución · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
ACOGE Ha Lugar
Se acoge reclamación contra resolución que denegaba devolución de PPM, acogiendo allanamiento total del SII a favor del contribuyente por $3.392.378.
Inversiones Córdoba Belmar y Compañía Limitada reclamó contra la Resolución 290230914 del 20.04.2022 de la VIII Dirección Regional del SII, que denegó la devolución de excedente de PPM de $4.685.577 (later rectificado a $3.392.378) correspondiente a declaración de renta AT 2019, presentada por formulario 22. El contribuyente rectificó el monto de la devolución solicitada.
El Tribunal consideró que la VIII Dirección Regional del SII, representada en juicio, se allanó totalmente a las pretensiones de la parte reclamante, reconociendo que correspondía efectuar la devolución por $3.392.378. Al existir allanamiento total y no haber controversia debida, el Tribunal procedió a acogerlo, dejando sin efecto la resolución impugnada sin condenación en costas, conforme a los principios de derecho tributario.
Se acoge el allanamiento total del SII. Se deja sin efecto la Resolución 290230914 del 20.04.2022. No se condena en costas. Se ordena cumplimiento administrativo por el Director Regional de la VIII Dirección Regional del SII.
Concepción, nueve de enero de dos mil veintitrés.
VISTOS:
En lo principal del escrito de fojas 20 y siguientes, comparece don CLAUDIO LEMUS LAVIN , abogado , en representación de l contribuyente INVERSIONES CORDOBA BELMAR Y COMPAÑÍA LIMITADA, RUT 78.994.890-9, representada legalmente por don Carlos Miranda Córdoba, RUT: 8.886.5464-2, todos domiciliados para estos efectos en calle Aníbal Pinto 1480, Concepción; quien viene en interponer reclamación en contra de la resolución ex n.° 290230914 de fecha 20.04.2022, emitida por la VIII Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos.
Fundando su reclamo, expresa que el Servicio de Impuestos
Internos en principio, denegó la devolución de la suma de $4.685.577por presentación formulario 22, correspondiente a declaración de renta AT 2019, corrigiéndose dicho monto posteriormente por parte del contribuyente , mediante declaración rectificatoria en que se determinó el monto de $3.392.378 como devolución.
Finalmente, solicita tener por interpuesto el reclamo , acogerlo pidiendo la devolución del excedente de PPM de $3.392.378.
A fojas 26, se tuvo por interpuesto el reclamo, confiriéndose traslado al Servicio.
A fojas 34 y siguiente, comparece don José Manuel Corvalán Duran, abogado, en representación de la VII I Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos, quien evacúa traslado, allanándose totalmente a las alegaciones de la parte reclamante plasmadas en lo principal de su escrito de reclamo , solicitando su acepta ción, sin condenación en costas. Al respecto, se confirma que correspondía al reclamante la devolución por la suma de $3.392.378.
A fojas 37, se confirió traslado del escrito de fojas 34 y siguiente, a la reclamante.
A fojas 39, se tuvo por evacuado en rebeldía el traslado conferido y, se citó a las partes a oír sentencia.
CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO:
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
Todos los fallos que publican los Tribunales Tributarios y Aduaneros, junto a las sentencias de Cortes de Apelaciones y Corte Suprema y los oficios, circulares y resoluciones del SII, fáciles de encontrar para tu caso. Actualizado a diario.
Acceso ilimitado a la jurisprudencia que necesitas.
Busca, abre y descarga todos los fallos que haga falta, sin límite.
Sentencias tributarias de segunda instancia y casación, y los requerimientos de inaplicabilidad sobre preceptos tributarios.
Cargando el buscador…
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre más de 4.000 oficios, 830 circulares y 1.600 resoluciones del SII. Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.