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Tribunal · solo Pro
SERVICIO DE PROCESAMIENTO DE DATOS EN LINEA S A con SII
Fecha: 26-09-2013 · Materia: Liquidación; Resolución · Juez: anselmo_ivan_cifuentes_ormeno
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra resolución que desestimó deducción de intereses por cuenta corriente con Lotería y contra liquidación de impuesto multa del artículo 21 por honorarios profesionales no pagados.
Serpel S.A., sociedad filial de Universidad de Concepción, fue fiscalizada por el SII respecto de su declaración de Impuesto a la Renta del año 2011. Se le objetaron cuatro tipos de gastos: intereses devengados por cuenta corriente mercantil con Lotería ($369.702.819), provisión de deudores incobrables ($189.367.000), corrección monetaria de documentos por pagar ($221.462.853) y honorarios por servicios profesionales ($218.666.585). Adicionalmente, se rechazó parcialmente la deducción de honorarios ($87.161.924) aplicándose impuesto multa del artículo 21. La empresa reclamó específicamente con
El tribunal analiza la procedencia de la deducción de intereses devengados por la cuenta corriente mercantil con Lotería. Considera que la empresa presentó documentación que acredita la existencia del contrato, los saldos mensuales y la tasa de interés aplicada (1,5% mensual). Sin embargo, examina si estos gastos cumplen con los requisitos del artículo 31 de la LIR para ser deducibles: carácter de gasto necesario para producir rentas gravadas y acreditación fehaciente. El tribunal estima que no se acreditó suficientemente que los dineros proporcionados por Lotería fueron empleados en actividad
Se rechaza el reclamo en todas sus partes. Se mantiene la Resolución N° 5545/2012 que desestima la deducción de intereses devengados por cuenta corriente mercantil, y se confirma la Liquidación N° 1663/2012 que aplica impuesto multa del artículo 21 por los honorarios profesionales no pagados.
RUC : Rol · solo Pro
RIT : Rol · solo Pro
RECLAMANTE : Servicio de Procesamiento de Datos en Línea S.A RECLAMADO : Servicio de Impuestos Internos
MATERIA : Procedimiento General del Reclamaciones
Concepción, veintiséis de septiembre de dos mil trece.
VISTOS:
En lo principal de fojas 165 y siguientes, comparece don EDUARDO
MAURICIO JURY SANTIBÁÑEZ , Abogado, en representación de don Mariano Campos Ramírez, ingeniero comercial, RUT N° 6.215.249-4, representante de SERVICIO DE PROCESAMIENTO DE D ATOS EN LÍNEA S.A. , RUT N° 96.640.340-3, domiciliados en calle Freire N° 818 de la comuna de Concepción, quien deduce reclamo en contra de la Resolución N° 5545 de fecha 28 de junio de 2012 y de la Liquidación N° 1663 de fe cha 28 de junio de 2012, notificadas por cédula, emanadas del Departamento Regional de Fiscalización Grupo Medianas y Grandes Empresas, de la VIII Dirección Regional de Concepción del Servicio de Impuestos Internos ; en base a los antecedentes de hecho y derecho, que expone.
I. Antecedentes.
Explica el reclamo, que el contribuyente fue notificado con fecha 20.03.2012 de la citación n° 1775- 2012 solicitándosele rectificar, aclarar, ampliar o confirmar su declaración de impuesto a la renta año tributario 2011 Formulario 22 folio N° 91684361, ya que a través de una fiscalización se detectaron supuestas diferencias de impuesto a la renta, originadas en la deducción de gastos no acreditados fehacientemente y en una modificación que supuestamente debería haber realizado el contribuyente en el valor considerado como “pérdida tributaria acumulada de años anteriores”.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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