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Tribunal · solo Pro
INMOBILIARIA E INVERSIONES DRESDEN LIMITADA con SII
Fecha: 24-12-2018 · Materia: Liquidación; Resolución
HA LUGAR EN PARTE+4.000M Ha Lugar en Parte
Se acoge parcialmente reclamo contra tasación de inmuebles por el SII. Se deja sin efecto la partida 1 de liquidaciones por defectos metodológicos en la tasación comercial, rechazando aplicación del artículo 64 inciso 6° CT.
Inmobiliaria Dresden enajenó tres lotes (A2, A3, A4) en Temuco el 5 de julio de 2013, generando pérdida. El SII citó al contribuyente cuestionando el precio de venta muy inferior al valor de mercado. Luego ejerció facultad de tasación mediante Resolución Exenta 10 de 25.07.2017, emitiendo Liquidaciones 104 y 105 por tres partidas: (1) enajenación de bien raíz a menor valor comercial, (2) y (3) gastos no acreditados años 2014 y 2015. El inmueble tenía riesgo de inundabilidad del 34%, pérdida de superficie por requerimientos viales y baja densidad constructiva permitida (10 viviendas/hectárea).
El tribunal consideró que la tasación contenía errores metodológicos graves: utilizó valores de sitios web (Portal Inmobiliario, Económicos.cl) sin comprobación de transacciones reales, no especificó cálculos de la metodología del valor residual aplicada, y no fundamentó estimaciones de descuentos por inundabilidad. Asimismo, la contribuyente acreditó mediante documentación que el valor de venta no fue notoriamente inferior al comercial, considerando características especiales del inmueble (inundabilidad, densidad baja, pérdida de superficie). Para gastos no acreditados (partidas 2 y 3), la do
Se acoge parcialmente el reclamo. Se deja sin efecto la Resolución Exenta 10 y la partida 1 de Liquidaciones 104 y 105. Se rechaza en lo demás, confirmando las partidas restantes (con salvedad de lo resuelto en Resolución Ex. 84.643 del 31.10.2017 que acogió parcialmente reposición). Se rechaza excepción de prescripción. Sin condena en costas.
Concepción, veinticuatro de diciembre de dos mil dieciocho.
VISTOS:
En lo principal del escrito de fojas 4 y siguientes, comparece don Ramón Domínguez Águila, abogado , Rut n.° 3.678.388-5, en representación de INMOBILIARIA E INVERSIONES DRESDEN LIMITADA , Rut n.° 96.804.090-1, ambas con domicilio para estos efectos en Fundo Las Bandurrias, S/N Sector El palo, de la comuna de San Fabián ; quien deduce reclamo tributario en contra de la Resolución Exenta n.° 10 de 25 de julio de 2017 y, de las Liquidaciones n.°s 104 y 105 de fecha 28 de julio de 2017, todas emitidas por la Unidad de San Carlos , dependiente en aquel entonces, de la VIII Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos, conforme a los siguientes argumentos:
Indica que , la resolución y las liquidaciones reclamadas deben ser dejadas sin efecto, citando los antecedentes del proceso de fiscalización, y explicando que la liquidación se refiere a tres partidas: La primera, enajenación de un bien raíz a un menor valor comercial al que correspondería, la segunda, deducción indebida de la base imponible del impuesto de primera categoría de ciertos gastos que no se habrían acreditado fehacientemente, pagados en el año tributario 2014 y la tercera, la misma clase de gastos, para el año tributario 2015.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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