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Tribunal · solo Pro
ESPINOSA GUTIERREZ con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 27-03-2013 · Materia: Liquidación
RECHAZA Confirmatorio No Ha Lugar
Se rechaza la reclamación contra liquidación de IGC por diferencia de caja. El tribunal desestima la nulidad del inventario, rechaza la prueba del mandato de administración de valores y considera improcedente la corrección de errores invocada bajo art. 127 CT.
Oscar Espinosa Gutiérrez, comerciante y transportista, es fiscalizado por el SII en 2011. Se practica inventario de caja el 30.12.2010 en su domicilio que arroja saldo cero, cuando la contabilidad registraba $86.392.618. El SII liquida diferencias de IGC por retiros presumtos y diferencia FUT. El reclamante alega que los fondos fueron entregados en mandato de administración a Carlos Aguilar Mardones por $84.000.000 y que el FUT contiene errores de años anteriores por ventas de vehículos que no debieron incluirse.
El tribunal valida el inventario de caja practicado por ser acto realizado ante persona con facultades de representación del contribuyente. Rechaza que la entrega de $84.000.000 al mandatario esté acreditada por insuficiencia de pruebas: el contrato privado y testimonios no demuestran flujo de efectivo, no consta cheque ni rendiciones de cuenta. Respecto al FUT, rechaza aplicación del art. 127 CT porque solo corrige errores en declaraciones de impuestos, no en contabilidad o libros auxiliares. Además, la corrección de FUT requería acompañar contabilidad íntegra y fidedigna con respaldos de año
Se rechaza la reclamación tributaria contra Liquidación N° 1 de 09.01.2012. Se desestima solicitud de corrección de errores bajo art. 127 CT. Se confirma la liquidación del SII. No hay condena en costas al reclamante por motivo plausible de litigio.
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“ESPINOSA GUTIÉRREZ, OSCAR ARMANDO con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Rol · solo Pro
Rol · solo Pro
Talca, veintisiete de marzo de dos mil trece.
VISTOS:
A fojas 8 y siguientes, comparece don PABLO IVÁN DUARTE PARADA, abogado, domiciliado en calle Uno Sur N° 835, oficina 403, Edificio Cervantes, de la ciudad de Talca, en representación de don OSCAR ARMANDO ESPINOSA GUTIÉRREZ, RUT N° 4.915.163-2, comerciante y transportista, domiciliado en calle 8 Oriente N° 1020, de la ciudad de T alca, quien interpone reclamo conforme a los artículos 123 y siguientes del Código Tributario, en contra de la Liquidación N° 1, de fecha 09.01.2012, notificada con fecha 10.01.2012, emitida por la VII Dirección Regional Talca del Servicio de Impuestos Internos (S.I.I.), en la cual se determinaron diferencias por concepto de Impuesto Global
Complementario, correspondientes al período tributario de abril de 2011 , por la suma de $27.258.017.- que incluye reajustes e intereses.
Expone que su representado, en el marco de una fiscalización, fue objeto de un irregular inventario de caja, en que se detectó un faltante por la suma de $86.392.618. -, respecto del cual se presumió su retiro , por lo que el S.I.I. recalculó su base imponible del Impuesto Global Complementario como asimismo agregó adicionalmente un incremento por retiro de la cuenta caja ascendente a la suma de $17.285.698. -, conceptos que resultarían errados.
Señala que su representado explota los giros de Bazar La Cinta Roja con venta al por menor; tra nsporte de pasajeros y actividades de servicio , utilizando como oficina “control contable” de sus negocios y actividades aquella ubicada en calle 8 Oriente N° 1020, de la ciudad de Talca, lugar en que también funciona Arvic Center Bazar, RUT N° 50.086.660 -8, sociedad del mismo giro en que su mandante tiene participación.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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