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Tribunal · solo Pro
INMOBILIARIA CRUZ BARRIENTOS LTDA. con SII
Fecha: 09-02-2023 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola · Juez: César Manuel Verdugo Reyes
RECHAZA Confirmatorio No Ha Lugar
Se rechaza solicitud de nulidad y reclamo por reavalúo de bien raíz no agrícola, desestimándose alegaciones sobre arbitrariedad en la fijación del valor del área homogénea y minusvalía por delincuencia.
Inmobiliaria Cruz Barrientos Limitada reclama el reavalúo de un inmueble ubicado en Manuel Antonio Matta N°571, ROL 87-13 de La Serena. El avalúo pasó de $92.081.076 (segundo semestre 2021) a $355.138.906 (primer semestre 2022), incremento de $263.057.830 (385%). La propiedad de 487 metros cuadrados se ubica en área homogénea CMM022 con valor de $728.545 por metro cuadrado. La reclamante alega que este aumento es arbitrario, sin justificación clara, y que el sector fue afectado por desórdenes posteriores al 18 de octubre de 2019, lo que habría disminuido valores comerciales reales.
El Tribunal analiza que la determinación de áreas homogéneas se realiza mediante estudio urbano considerando variables de uso de suelo, categoría constructiva, densificación y agrupamiento. El Servicio utilizó formularios de enajenación y tasaciones comerciales depuradas centralizadamente. Aunque el aumento parece elevado, esto no permite concluir arbitrariedad, pudiendo deberse a desactualización de valores anteriores respecto al aumento general de precios inmobiliarios. La reclamante no aportó antecedentes que demostrasen comportamiento ilegal del SII. Los datos sobre otras propiedades son i
Se rechaza la solicitud de nulidad del proceso de reavalúo. Se rechaza el reclamo subsidiario contra el avalúo fiscal. No se condena en costas por existir motivo plausible para litigar.
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RESUMEN:
PARTES: Inmobiliaria Cruz Barrientos Limitada con Servicio de Impuestos Internos RUC N°: Rol · solo Pro
RIT: Rol · solo Pro
MATERIA: Reavalúo de Bien Raíz no agrícola
CUANTÍA BRUTA: 4.414,09 UTM
La Serena, nueve de febrero de dos mil veintitrés.
VISTOS:
Que a fojas 16 y siguientes, con fecha 9 de septiembre de 2022, comparece doña María Alejandra Espinoza Portilla, abogada, RUT 10.775.980 -8, en representación convencional de Inmobiliaria Cruz Barrientos Limitada, RUT 76.046.993-9, sociedad del giro de su denominación, ambas con domicilio para estos efectos en Avenida Juan Cisternas 2497, oficina 305, La Serena, solicitando de acuerdo con lo contemplado en la Ley Nº 20.322, artículo 1, número 8, la nulidad del proceso de reevaluó del año 2022, exponiendo que tomó conocimiento del proceso de reevaluó debido a que en la página web del Servicio se estableció un informativo sobre dicho proceso en que se permitía consultar el avaluó de su propiedad y, al consultar la propiedad ubicada en Manuel Antonio Matta N°571, ROL 87-13 de La Serena, quedó impactado con el aumento desmesurado que experimentó su propiedad y al revisar la carta de aviso disponible en el mismo sitio no existían antecedentes claros y suficientes que permitieren entender las razones del aumento de valor de un período a otro. Sostiene que, si bien, según el artículo 4, N° 2 de la Ley Nº 17.235 sobre Impuesto Territorial, para el proceso de reavaluo de bienes raíces vigente, el Servicio de Impuestos Internos ha sectorizado cada comuna del país en Áreas
Homogéneas con características urbanas comunes, estas áreas debieran tener un valor de terreno único. Sin embargo, excepcionalmente, pueden existir ajustes a este valor a través de un Coeficiente Corrector, que refleja diferencias de valor de los terrenos al interior de un área homogénea. Este coeficiente se registra en los planos de precios o en tablas anexas al mismo.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
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