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Tribunal · solo Pro
SUPERMERCADOS DEL SUR LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 10-03-2023 · Materia: Liquidación · Juez: Cristhian Eduardo Navarrete Cottet
HA LUGAR EN PARTE+27.000M Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo de Supermercados del Sur contra Liquidación N°269 del SII (AT 2012), rechazando la mayoría de adiciones de gastos por falta de acreditación fehaciente.
Supermercados del Sur Limitada fue fiscalizada por el SII respecto del AT 2012, originándose en una pérdida declarada que generó solicitud de devolución por $43.174.287 en créditos de capacitación. El SII emitió Citación N°51 (21/04/2015), a la cual la empresa respondió el 24/06/2015. Posteriormente, el 31/08/2015, se emitió la Liquidación N°269 reclamada. Se interpuso reposición administrativa que fue acogida parcialmente el 02/12/2015. La empresa cuestiona adiciones por pérdida tributaria de arrastre, depreciación de activo fijo, provisiones varias, otros servicios, comisiones a empresas rel
El tribunal analiza si la reclamante acreditó fehaciente y suficientemente cada concepto objeta do. Respecto de provisiones varias, otros servicios y otros egresos no operacionales, concluye que solo aportó balances, libros diario y mayor, siendo insuficiente sin contratos, facturas y boletas. Aplica artículo 31 de la LIR que exige acreditación fehaciente de gastos necesarios para producir renta. Sobre solicitud de corrección conforme artículo 127 del CT, determina que no procede al no existir verdadera reliquidación. Respecto de otros conceptos no fundamentados en reclamación (baja de activo
Se acoge parcialmente el reclamo solo en cuanto al motivo 14° (no transcrito completo), ordenándose al SII practicar reliquidación. Se rechaza todo lo demás. Cada parte paga sus propias costas, al no haber vencimiento total de la reclamada.
“SUPERMERCADOS DEL SUR LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
RUC N° : Rol · solo Pro
RIT N° : Rol · solo Pro
Santiago, diez de marzo de dos mil veintitrés.-
VISTOS:
A fojas 1 , comparece don Juan Pablo Orellana Pavón , abogado, RUT N°1 1.946.967-8, en representación de SUPERMERCADOS DEL SUR LIMITADA , RUT N°76.027.291-4, domiciliada en calle
Cerro el Plomo N°5680, piso N°10, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, quien, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes del Código Tributario, deduce reclamo en contra de la Liquidación N°269 , practicada con fecha 3 1 de agosto de 201 5, por la Dirección de Grandes Contribuyentes del Servicio de Impuestos Internos (en adelante, SII), solicitando dejarla sin efecto, con condena en costas, en virtud de los siguientes fundamentos:
En el capítulo de su reclamo titulado: “ANTECEDENTES DEL PROCESO DE FISCALIZACIÓN”, explica que con fecha 09/05/2012 su representada presentó su declaración de impuesto a la renta correspondiente al año tributario (en adelante, AT) 2012. Agrega que el proceso de fiscalización tiene su origen en la pérdida declarada por la compañía, que generó una solicitud de devolución ascendente a la suma de $43.174.287.- correspondiente a créditos por gastos de capacitación. Añade que dentro del proceso de fiscal ización de esta declaración de impuestos, se emite por el SII la Citación N°51, de fecha 21/04/2015, dándose respuesta con fecha 24/06/2015, donde se aporta toda la documentación que acredita la pérdida tributaria del contribuyente , sin embargo, con fecha 31/08/2015, se emita la Liquidación reclamada. Afirma que en contra de la Liquidación, se interpuso una reposición administrativa voluntaria (en adelante, RAV), siendo acogida parcialmente mediante resolución emitida con fecha 02/12/2015.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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